Sancionado con multa el Coronel Jefe del Servicio de Gestión Económica de la Guardia Civil por ignorar resoluciones judiciales

La sanción viene motivada por el reiterado incumplimiento de dicho Servicio de Gestión Económica del pago de costas al que fue condenada la Dirección General de la Guardia Civil en un procedimiento llevado a cabo por los servicios jurídicos de nuestra delegación provincial de AUGC en Sevilla.

por Ildefonso Garcia Ruiz

La Dirección General no puede seguir mirando para otro lado ante las resoluciones judiciales.
La Dirección General no puede seguir mirando para otro lado ante las resoluciones judiciales.

El pasado 23 de abril la sección cuarta de la sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado auto en el que condena a multa de 150 euros de su patrimonio personal al Coronel Jefe del Servicio de Gestión Económica de la Guardia Civil.

Dicha sanción viene motivada por el reiterado incumplimiento de dicho Servicio de Gestión Económica del pago de costas al que fue condenada la Dirección General de la Guardia Civil en un procedimiento llevado a cabo por los servicios jurídicos de nuestra delegación provincial de AUGC en Sevilla. Dicha tasación de costas se produjo en abril de 2016 y tras cinco apercibimientos por parte del Tribunal para su abono éste no solo sigue sin producirse, sino que ni siquiera se han dignado a contestar los mismos en ningún sentido.

El auto de la Sala es contundente en este sentido y refleja literalmente  “por auto de 19 de abril de 2016 se aprobó la tasación de costas del presente recurso (…) siendo requerida (la administración) hasta en cinco ocasiones para que procediera a su abono (…) siendo el ultimo apercibimiento  de 7 de febrero de 2018 en el que específicamente se hacía constar el apercibimiento de multa sobre el patrimonio personal del Jefe del Servicio de Gestión Económica de la Dirección General de la Guardia Civil, sin que hasta la fecha se haya recibido contestación alguna, ni se haya abonado el importe de las costas”.

Continua el auto acordando “multa coercitiva de 150 euros a dicho Jefe de Servicio sobre su patrimonio personal, apercibiéndole nuevamente mediante esta resolución  que si en el plazo de diez días no se abonan las costas o se informa al respecto se procedería a la imposición de una nueva multa (…) así mismo, si en el plazo de 10 días no se procede al abono de la multa se procederá a la ejecución forzosa de la misma”.

Como ya denunciábamos desde AUGC el pasado enero de este año, la Guardia Civil adeuda a la justicia más de 150.000 euros en concepto de costas procesales a la que ha sido condenada, lo que demuestra, por una parte, la morosidad y el ninguneo a la administración de justicia que se lleva a cabo desde la Dirección General de la Guardia Civil, y por otro, como denunciábamos en nuestro comunicado, el excesivo recurso a la justicia por parte de los Guardias Civiles dado que la propia institución no tiene mecanismos internos válidos que solucionen estas cuestiones de personal que en muchos casos son poca entidad y solo con un poco más de interés por parte de los responsables del Cuerpo y unos mecanismos más agiles para su solución no tendrían que acabar en los tribunales de justicia.

Este es un ejemplo claro de cómo la propia Guardia Civil desoye de forma continuada las resoluciones judiciales, teniendo que llegar los tribunales a la sanción del patrimonio personal del responsable del servicio para que atienda sus requerimientos. Es fácil imaginar, si este ninguneo ocurre con un poder del Estado como es la administración de justicia, qué no podrá ocurrir cuando las peticiones o requerimientos vienen por parte de las asociaciones profesionales o de los propios guardias civiles. Esperemos que tras este duro apercibimiento por parte del TSJ de Andalucía a la forma de proceder de la DGGC ésta tome nota y agilice su funcionamiento en cuanto al abono de costas procesales y ponga los medios para que las cientos de cuestiones planteadas ante los tribunales por cuestiones de personal las solucione la propia institución sin tener que acudir continuamente a la justicia para que intervenga.

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