AUGC solicita a la Dirección General explicaciones ante las instrucciones para “tener controlados” a los representantes asociativos

AUGC lleva tiempo denunciando la persecución al que se ven sometidos los representantes asociativos, que ha sido negada tanto por el anterior, como por este Director General y ésta es una prueba más de la situación a la que nos ven sometidos por el simple hecho de dar un paso al frente y defender los derechos de los guardias civiles.

por Ildefonso Garcia Ruiz

Imagen de una de las asambleas provinciales de AUGC celebradas recientemente entre representantes de la delegación y sus afiliados..
Imagen de una de las asambleas provinciales de AUGC celebradas recientemente entre representantes de la delegación y sus afiliados..

AUGC ha tenido conocimiento de que la Comandancia de Burgos ha dado instrucciones a la cadena de mando para tener “controlados” a los legítimos representantes de los guardias civiles pertenecientes a las asociaciones profesionales. Estas instrucciones fueron dadas en una reunión que tuvo lugar en dicha Comandancia en enero de 2018, y como tal constan en el acta.

Ante la gravedad de los hechos, AUGC ha remitido un escrito a la Dirección General solicitando explicaciones por estas instrucciones. En su primera respuesta, la Dirección dice desconocer la existencia de esta orden, por lo que desde los servicios jurídicos de la asociación se ha procedido a remitirles el acta donde se recoge.

AUGC lleva tiempo denunciando la persecución al que se ven sometidos los representantes asociativos, que ha sido negada tanto por el anterior, como por este Director General y ésta es una prueba más de la situación a la que nos ven sometidos por el simple hecho de dar un paso al frente y defender los derechos de los guardias civiles.

La orden impartida supone un ataque a los Guardias Civiles por el simple hecho de ejercer como representantes de los trabajadores y nos traslada a décadas pasadas ¿Tendremos que volver a la clandestinidad y los pasamontañas?

En éste caso, ha quedado constancia por escrito de la persecución a los representantes, sin embargo ¿Cuántas órdenes similares se imparte de modo verbal?

AUGC lleva tiempo solicitando una protección especial a los representantes para evitar esta clase de abusos y situaciones, algo a lo que la Dirección General se opone, lo que nos hace sospechar que estas instrucciones de “controlar” a los representantes parten de la misma Dirección General.

Trabas a la conciliación

Por otra parte, en esa misma reunión se dictó otra instrucción contra los derechos de los guardias civiles, y por la que AUGC también ha pedido explicaciones en su escrito a la Dirección General.

Se trata de una indicación dirigida a que los matrimonios o parejas sentimentales compuestas por guardias civiles no pueden salir juntos de servicio. El motivo resulta ser que, si sucede alguna incidencia, no se tapen el uno al otro.

Para AUGC resulta sumamente preocupante el incumplimiento intencionado de normas de rango superior que garantizan la conciliación familiar. Así, en unidades donde están de servicio dos agentes por turno, obligará a que cada uno trabaje en un horario distinto, pudiendo llegar a no verse en buena parte de la semana, resultando así imposible conciliar la vida familia con la laboral.

Más preocupante resulta observar que lo que se establece en dicha reunión, contradice los propios criterios de la Dirección General de la Guardia Civil.

Así, el artículo 19 del reglamento de destinos regula la solicitud de vacantes para atender a la conciliación personal y familiar, sin olvidarnos del artículo 50 que permite el agrupamiento (con un preferente absoluto), algo que no tendría sentido si nos encontramos con medidas como la acordada en la Comandancia de Burgos.

¿Puede un/a oficial agruparse con su pareja y coincidir en la misma Unidad bajo su mando, pero dos guardias no pueden hacer servicio juntos? ¿Puede un mando hacer un IPECGUCI a su hijo, hermano, cuñado, pareja, etcétera, pero dos guardias no pueden salir juntos de servicio?

¿De qué sirve que una Ley (la de Derechos y Deberes) recoja el derecho de conciliación si nos encontramos con instrucciones como la citada?

Quedamos a la espera de la contestación de la Dirección General.

Archivado en:

Para hacer comentarios debes identificarte

IDENTIFÍCATE