AUGC obtiene una nueva victoria judicial por la que condenan a ISFAS y Adeslas a abonar el coste de un traslado sanitario urgente al hijo de un guardia civil

Ha sido la delegación provincial de AUG Murcia quien se ha encargado de todo el proceso, hasta la obtención de sentencia favorable a los intereses del guardia civil.

por Juan Fernández Hernandez

La justicia obliga a abonar los gastos derivados del traslado al hospital del hijo de un guardia civil.
La justicia obliga a abonar los gastos derivados del traslado al hospital del hijo de un guardia civil.

El suceso tuvo lugar en al año 2014, Alcantarilla, Murcia, cuando el hijo de un guardia civil sufrió un episodio epiléptico mientras se encontraba con unos amigos, quienes le trasladaron por sus propios medios al centro médico más cercano. Una vez allí, y debido a la gravedad, le derivan en ambulancia a un hospital para que sea atendido por personal especializado y con los medios acordes que la urgencia médica precisa.

Lo importante es que, debido a la pronta atención sanitaria, el hijo de este guardia civil pudo salvar la vida. Pero la “sorpresa”, tan desagradable como inesperada, llegaría días después, cuando Adeslas SegurCaixa comunica al asegurado que este debe abonar los gastos ocasionados por el traslado de su hijo, y beneficiario de ISFAS (Instituto Social de las Fuerzas Armadas) al que pertenecen los miembros de la Guardia Civil, desde el centro sanitario hasta el hospital. 

Tan pronto como tuvimos conocimiento de este abuso, AUGC puso en marcha sus servicios jurídicos en la delegación provincial de Murcia, para intentar poner una solución vía administrativa. Por desgracia, en última instancia, Ministerio de Defensa rechaza esta posibilidad y nuevamente el Tribunal Superior de Justicia de Madrid viene a dar la razón a AUGC, obligando a ser reintegrados todos los gastos ocasionados por el traslado de su hijo y beneficiario, en una UVI móvil desde el centro sanitario hasta el hospital, con los intereses económicos correspondientes.

Además  se condena, con imposición al Ministerio de Defensa de las costas causadas. Es decir, que nuevamente el erario público debe correr con unos gastos que nunca debieron haberse producido si el servicio proporcionado por Adeslas hubiera sido el correcto, o en ultima instancia ISFAS hubiera aceptado el recurso via administrativa. 

Resulta una prestación insuficiente la ofrecida por ISFAS, con la pérdida paulatina de calidad en la asistencia sanitaria que se presta a los funcionarios y sus familias, por medio del concierto de las mutualidades, con determinadas entidades privadas de seguros, siendo especialmente gravosa la situación, en el ámbito rural, lugar donde los guardias civiles realizan preferentemente su servicio y donde obviamente existen menos servicios y menos centros sanitarios, provocando así una mayor carencia de servicios básicos esenciales.

Desde AUGC denunciamos la falta de asistencia y servicio que las compañías sanitarias, en este caso Adeslas, ofrecen mediante concierto con ISFAS, a los guardias civiles. No creemos que la mejor solución sea optar por la vía judicial, pero seguiremos acudiendo a los tribunales, en defensa de los derechos de los trabajadores de la Guardia Civil, cada vez que sea necesario.

Para hacer comentarios debes identificarte

IDENTIFÍCATE