AUGC pone a disposición de las guardias civiles una instancia para reclamar chalecos femeninos internos

En el mes de febrero, la Guardia Civil anunciaba que mejoraba sus medios materiales con la incorporación de más de 6.000 chalecos antibalas, una cifra muy por debajo de las necesidades reales para que cada agente tenga su propio chaleco.

por Juan Fernández Hernandez

AUGC demanda que cada agente tenga su propio chaleco, como parte de su dotación policial.
AUGC demanda que cada agente tenga su propio chaleco, como parte de su dotación policial.

 

La seguridad y protección de los guardias civiles es una obligación para la Administración y una prioridad para AUGC. Es vital, en base a la normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales, que durante nuestra actividad policial trabajemos debidamente protegidos, pues de las intervenciones derivadas de la prestación de nuestro servicio, ya sea por la naturaleza del propio servicio encomendado o por una repentina e imprevisible actuación, estamos expuestos a riesgos que pueden afectar nuestra integridad física y salud.

Desde AUGC se han realizado numerosas campañas y acciones encaminadas a la dotación de chalecos antibalas, tanto para hombres como mujeres, y manifestado la necesidad de que estos sean adaptados a cada complexión, de tal manera que la Guardia Civil ha realizado una inversión para dotar de esta protección a los guardias civiles.

Sin embargo, hasta la fecha no se ha dotado de un chaleco a cada agente, como parte de su propia dotación policial. La situación se agrava para las mujeres, pues de nuevo se obvia que un 7% de los miembros de la Guardia Civil es personal femenino, y no se dota de chalecos antibalas internos femeninos. 

No se comprende, que si es importante, y así lo ha considerado la Guardia Civil, que la mujer cuente con chalecos adaptados a la forma de su cuerpo (muy distinta de la del hombre), no se haya tenido en consideración la necesidad de dotar con chalecos internos femeninos, pues con más razón dicha diferencia de chalecos ha de darse en los chalecos internos. 

Por tanto, y en base al artículo 31 de la Ley Orgánica 11/2007 de 22 de octubre reguladora de los Derechos y Deberes de los miembros de la Guardia Civil, AUGC ha elaborado esta instancia, la cual se adjunta, para que sea tramitada de manera individual por todas las guardias civiles que carezcan de esta prenda vital para la protección de su seguridad. 

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