Nuevo varapalo del Defensor del Pueblo a la Guardia Civil por restringir los derechos de los guardias civiles

Por la denegacion a un agente del GRS del acceso a un curso de especialización, basándose en las siempre manidas necesidades del servicio.

por Ildefonso Garcia Ruiz

No es la primera vez que el Defensor del Pueblo debe recriminar a la Guardia Civil por no reconocer los derechos de los guardias civiles.
No es la primera vez que el Defensor del Pueblo debe recriminar a la Guardia Civil por no reconocer los derechos de los guardias civiles.

Nuevo tirón de orejas del Defensor del Pueblo a la Dirección General de la Guardia Civil tras recibir el primero una queja formulada desde AUGC. En este caso se trata de la denegación de la asistencia a cursos de perfeccionamiento y especialización por razones de necesidades de servicio, el viejo y manido argumento para negar sus derechos a los guardias civiles.

Entre los requisitos que determinan la asistencia a los cursos de especialización, se encuentra el informe motivado del Jefe de la Unidad de destino del solicitante, en el sentido de determinar si la asistencia al curso en cuestión supone “un perjuicio para el servicio”. Es decir, que una vez concretada la relación de aspirantes al curso de especialización de que se trate, los Jefes de Comandancia o similar, Centro, Zona, Jefatura, Mando o Gabinete Técnico informan “si existen circunstancias derivadas del servicio que desaconsejan su asistencia almismo”.

En el supuesto que afecta al interesado del caso denunciado por AUGC, perteneciente a los GRS, se indica textualmente en la información trasladada que su asistencia a los cursos solicitados ocasionaría perjuicio al servicio, pues en el caso de asistir supondría el 58 % de potencial de servicio de su Unidad.

"De lo expuesto -expresa el dictamen emitido por el Defensor del Pueblo tras estudiar el caso- se desprende que la asistencia de los miembros del instituto armado a los cursos de especialización se hace depender de que lo permita la situación de la nidad en la que se encuentren destinados, en términos de porcentaje de personal, circunstancia esta, cabe insistir, a juicio de esta institución, que no depende de los guardias civiles pues son aspectos de política de personal que no conciernen a los mismos y exceden de su ámbito profesional, por lo que no deben recaer sobre ellos sus consecuencias".

Frente a esto, el Defensor del Pueblo señala en su escrito que "estas circunstancias confrontan con los derechos que la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil les reconoce, en concreto, a la formación y perfeccionamiento recogido en el artículo 26 de la citada norma que señala que 'los miembros de la Guardia Civil tendrán el derecho y, en su caso, el deber de participar en los cursos y en lasactividades formativas destinadas a mejorar su capacidad  profesional y facilitar su promoción de acuerdo con los criterios objetivos de selección que se establezcan para el acceso a dichas actividades. Estos criterios deberán respetar los principios que regulan la carrera profesional”.

Por todo ello, en su dictamen, el Defensor advierte a la Dirección General de la Guardia Civil que "cabe insistir que resulta preocupante para esta institución que la promoción profesional de los miembros de este colectivo funcionarial desde la “especialización” se haga depender, por un lado, de la situación del personal de la Unidad de destino y, por otro, que en esos supuestos en los que la realización de un curso por las circunstancias de personal en la Unidad supongan un agravio en la prestación del servicio público encomendado, no se adopten por ese centro directivo medidas, como sí se adoptan en los supuestos de promoción por ascenso, que coadyuven a garantizar, como expresamente señala la ley, la promoción profesional por especialización de sus miembros, pues con este modo de proceder se les aboca a quedarse sin posibilidades de promoción y se les discrimina en este ámbito con respecto a otros compañeros, trasladando a los afectados el deber de soportar las carencias de personal bajo el concepto de “necesidades del servicio”.

Tras este importante varapalo, desde esta institución se insta al Cuerpo a "habilitar las herramientas necesarias en materia de personal que permitan el acceso a cursos de especialización para promocionar profesionalmente a los miembros el instituto armado destinados en unidades en las que el personal sea reducido y con ello garantizar, en igualdad de condiciones a todos los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil, el derecho a la promoción profesional que la ley expresamente les reconoce".
 

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