Un agente de la Guardia Civil con destino en la provincia de Badajoz resultó lesionado durante una intervención policial en abril de 2014. De los hechos resulto condenada una persona a pagar al agente 900 euros en concepto de daños y perjuicios, esta persona se declaró insolvente y el agente reclamó esta cantidad mediante expediente de responsabilidad patrimonial. Ante estos hechos la Guardia Civil dio la callada por respuesta mediante silencio administrativo, obligando al agente a iniciar acciones en los tribunales para que se le reconocieran sus derechos.
La sentencia es clara, la cuantía trataba de restablecer al funcionario de manera equitativa de los perjuicios que había sufrido, perjuicios que ya se concretaron anteriormente y que no son difíciles de imaginar en el supuesto de sufrir una agresión. Así pues, lo que no puede obviarse en el presente supuesto es que al hoy recurrente le unía una relación de servicios con la Administración demandada, y en el desempeño de la misma se causó unas lesiones y unos daños materiales que no tiene el deber jurídico de soportar.
El Alto Tribunal Extremeño estima los argumentos del Abogado de la Asociación Unificada de Guardias Civiles, encargado de la defensa D. Segundo Berjano Murga, anulando las resoluciones de las que traía causa, accediendo a las peticiones del agente.
Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) nos alegramos por nuestro afiliado y lamentamos que los derechos de los trabajadores de la Guardia Civil tengan que ser tenidos en cuenta a golpe de sentencias judiciales. No comprendemos por qué desde la Guardia Civil no se abonó esta cantidad en su día, dando la callada por respuesta.