Una sentencia anula la sanción a un guardia civil que estando de baja participó en una prueba deportiva por consejo facultativo

El traumatólogo que le había operado le aconsejó el ejercicio para acortar su recuperación y poder así reincorporarse al servicio cuanto antes

por Ildefonso Garcia Ruiz

El agente había sido sancionado por participar en una pequeña prueba ciclista popular.
El agente había sido sancionado por participar en una pequeña prueba ciclista popular.

La nula preocupación de la Dirección General de la Guardia Civil por la salud laboral de sus trabajadores ha quedado una vez más demostrada a través de una reciente sentencia emitida por el Tribunal Militar Central, por la que se absuelve de la falta grave por la que fue sancionado, con cinco días de empleo y sueldo, un guardia civil destinado en el Grupo de Reserva y Seguridad.

El motivo de la sanción (impuesta bajo el epígrafe de “la falta de prestación del servicio amparándose en una supuesta enfermedad, así como la prolongación injustificada de la baja para éste”) fue su participación en una prueba ciclista de apenas unos minutos de duración por indicación de su traumatólogo, que le había intervenido quirúrgicamente de una lesión de rodilla y hacía el seguimiento para su recuperación, con el único fin de intentar acortar los tiempos de recuperación de la misma y regresar lo antes posible a su servicio diario.

Pues bien, la Guardia Civil, amparándose en las opiniones sin fundamento alguno del anterior Teniente Coronel médico de la Comandancia de Sevilla, que no tiene la especialidad de traumatología y cuyas peregrinas manifestaciones se basaban en lo consultado con unos amigos traumatólogos (consta en procedimiento disciplinario), procedió a abrirle expediente disciplinario por falta grave (para “premiar” su intención de recuperarse lo antes posible) y, pese a las alegaciones aportadas en el expediente por los servicios jurídicos de AUGC Sevilla, terminar sancionando al compañero con cinco días de empleo y sueldo.

Se demostraba así una vez más cómo aplica la Guardia Civil el régimen disciplinario contra sus efectivos de las escalas de base, única y exclusivamente para hostigar injustificadamente a los mismos, sin atender a razones ni a criterios lógicos que en cualquier otro ámbito de la sociedad sí son tenidos en cuenta, y siempre con la presunción de que el sujeto pasivo de esa acción disciplinaria actúa con mala intención, al parecer, de manera ordinaria. 

Han tenido que ser los tribunales, otra vez y van ya demasiadas, los que de modo contundente refrenden que la actuación del guardia civil no fue negligente, sino -como reconoce la propia sentencia- diligente, al intentar acortar los plazos de recuperación de la lesión que padecía, para de esta manera poder incorporarse lo antes posible a su nuevo destino, como así efectivamente terminó ocurriendo, ya que el compañero consiguió volver a su vida normal en un plazo de nueve meses, cuando lo normal en este tipo de lesiones son como mínimo once meses.

Con esta sentencia absolutoria quedan claras varias cuestiones. La primera, que nuestro compañero actuó profesional y responsablemente, y le damos la enhorabuena por ello. La segunda, que los servicio médicos de la Guardia Civil, gestionados en este caso por un médico militar, atienden más a criterios militares que a médicos, como debería ser su prioridad; y, la tercera y más importante, que el derecho a la salud y a la protección de la seguridad de los agentes de la Guardia Civil no sólo no es prioritario para la DGGC, y para el resto de la cadena de mando, sino que si algún guardia civil se preocupa de beneficiar al resto de la sociedad, acortando los periodos de recuperación de una lesión o enfermedad, corre grave riesgo de acabar sancionado, como en el caso que nos ocupa.

Desde AUGC agradecemos que la sentencia haya compartido nuestro criterio absolviendo al compañero, y vamos a seguir luchando para que estas situaciones no se vuelvan a producir. Y esperamos que, por parte de la DGGC, haya una reflexión y lleguen a la conclusión que los guardias civiles no son malos por naturaleza, y que la falta de medidas efectivas para proteger la salud de los trabajadores de la Guardia Civil no se arregla con el Régimen Disciplinario sino dotando a los servicios médicos del Cuerpo de más medios y protocolos adecuados a los agentes y a las unidades en las que prestan servicio.

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