La justicia anula la sanción impuesta al secretario de institucionales de AUGC en Córdoba

El Tribunal Militar Central da la razón a AUGC y dicta sentencia anulando la sanción disciplinaria que se impuso a Francisco Cruz, secretario de institucionales y formación de esta asociación profesional

por Rafael Sanchez Madrid

Fran Cruz, secretario de relaciones institucionales y formación de AUGC en Córdoba
Fran Cruz, secretario de relaciones institucionales y formación de AUGC en Córdoba

Tras una aprehensión de 663 gramos de metanfetamina el 25 de septiembre de 2016 en el área de Servicio “Los Abades”, de Pedro Abad, la Guardia Civil decidió responsabilizar de la difusión de la noticia a Francisco Cruz, secretario de relaciones institucionales y formación de AUGC en Córdoba, así como responsable de institucionales y organización de la Federación andaluza, destinado en el Puesto de Cerro Muriano, por lo que fue sancionado con falta grave por “violación del secreto profesional”.

Dicha sanción fue criticada por diversas formaciones políticas y organizaciones sindicales, e incluso llegó al Congreso de los Diputados en forma de pregunta al Gobierno. Asesorado por los servicios jurídicos de AUGC, el sancionado interpuso recurso contencioso-disciplinario y ahora el Tribunal Militar Central ha dictado una contundente sentencia estimando dicho recurso y anulando la sanción disciplinaria.

El abogado de AUGC en Córdoba, Miguel Carbajo, ha valorado muy positivamente la sentencia y ha declarado que “el tribunal ha coincidido con nosotros en que se ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia de Francisco, porque las resoluciones del General Jefe de la Zona de Andalucía y del anterior Director General de la Guardia Civil se fundamentaron únicamente en indicios y sospechas insostenibles, sin aportar ni una sola prueba que sostuviera la sanción disciplinaria”.

Resumiendo, el Tribunal sentencia que tanto el General Jefe de la Zona de Andalucía como el anterior Director General de la Guardia Civil, con sus resoluciones, vulneraron el derecho fundamental a la presunción de inocencia de Francisco Cruz. Igualmente, el Tribunal afea la actuación de los actuales Sargento Comandante de Puesto de Cerro Muriano y Comandante de Operaciones, como instructor del expediente disciplinario, de la Comandancia de Córdoba.

Queda así demostrado lo que AUGC denunció en su momento, que el expediente se basaba sólo en elucubraciones y tergiversaciones con el único fin de conseguir una sanción que amedrentase a los representantes de AUGC, volviendo a la época lamentable en que se les perseguía y reprimía duramente en esta provincia. Ahora la Dirección General de la Guardia Civil deberá devolver al afectado el dinero que le fue detraído de sus retribuciones, más los intereses legales, así como eliminar la anotación negativa realizada en su hoja de servicios.

Pero esta injusta sanción disciplinaria no ha sido la única medida adoptada contra el representante de AUGC, porque apenas tres meses después se le realizó un informe personal de calificación negativo, que ha sido recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sin que aún se haya dictado sentencia. Y hace unos meses, por el citado Sargento del Puesto de Cerro Muriano se le volvió a iniciar otro informe de calificación (IPECGUCI) con observaciones negativas y cierto desconocimiento sobre la elaboración de tales informes, pero ante las alegaciones del afectado ha sido rechazada por la superioridad dicha evaluación, al no ajustarse a la normativa reguladora.

Parece que a algunos mandos les molesta que los representantes de AUGC ejerzan la libertad de expresión, así como que reivindiquen y defiendan los derechos de los guardias civiles, pero no van a conseguir callarles por muchos expedientes y calificaciones negativas injustas que les impongan. AUGC lleva mucho tiempo reclamando que deje de usarse el régimen disciplinario y los informes personales de calificación como herramienta represiva contra los representantes de los guardias civiles.

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