Los tribunales vuelven a dar la razón a AUGC: anulan la pérdida de destino con la que se castigó a un agente por un delito contra la seguridad vial

El agente fue condenado en su día con una pena de privación del derecho a conducir vehículos de motor y desde la Guardia Civil le impusieron como castigo adicional el cese en el destino en la PAFIF.

por Ildefonso Garcia Ruiz

La sanción se desencadenó tras la retirada del permiso de conducir del agente.
La sanción se desencadenó tras la retirada del permiso de conducir del agente.

Un agente de la Guardia Civil con destino en la Patrulla Fiscal y de Fronteras (PAFIF) de la Comandancia de Badajoz fue condenado a una pena de privación del derecho a conducir vehículos de motor por un delito contra la seguridad vial. Como consecuencia de ello pasó a una situación de suspenso de empleo y como castigo adicional desde la Zona de Extremadura le promovieron el cese en su destino y pérdida del pabellón oficial.

En apariencia, los hechos pudieran ser del todo normal, pero la sentencia viene a poner de manifiesto que no lo fueron. Para empezar se le impuso el cese en el destino sin abrirle un expediente administrativo en el cual se pudiera poner en contradicción los hechos con la audiencia del interesado, además de llevarse a cabo, sin un juicio valorativo adecuado para determinar la imposibilidad de llevar a cabo las funciones que tenía encomendadas en su puesto.

El Tribunal estima los argumentos del abogado encargado de la defensa, Segundo Berjano Murga, anulando las resoluciones del Director General de la Guardia Civil y de la Secretaría de Estado de Seguridad que decretaban el cese en el destino.

Lo inaudito de este caso es que tres jefes de la Zona de Extremadura (Capitán, Teniente Coronel y General) informaron de que el cese en el destino estaba motivado por la imposibilidad para conducir, afectando ello al puesto de trabajo, imposibilitando llevar a cabo sus funciones con normalidad. Cuando lo que se ha acreditado en la sentencia es que el agente venía desarrollando servicios burocráticos desde los últimos diez años, no afectando en absoluto la imposibilidad para conducir al puesto de trabajo que venía desarrollando.

Incompresiblemente, se ha puesto de manifiesto que se castigó a este agente con el cese en su destino y la pérdida de pabellón oficial inmerecidamente. Como consecuencia de esta sentencia, el recurrente tendrá que ser admitido de nuevo en el destino que ocupaba y adjudicada una nueva vivienda oficial. Sin olvidarnos de la devolución del dinero que ha dejado de ingresar por el cese, los gastos que se hayan originado y los daños y perjuicios causados.

Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) nos preguntamos quién se hará responsable de semejante despropósito, o como siempre será la Administración quien acarree con todos los gastos, pagando los contribuyentes de sus impuestos los errores o excesos cometidos por otros. Desde esta asociación se lamentan, que los derechos de los trabajadores de la Guardia Civil tengan que ser tenidos en cuenta a golpe de sentencias judiciales. 

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