Resumen de la reunión de la Comisión de Normativa y Estatuto del Personal

AUGC ha mostrado nuevamente su disconformidad con este borrador, pues excluye la participación de las asociaciones profesionales en el órgano creado, la Junta de Valoración de Actividades Formativas.

por Ildefonso Garcia Ruiz

Foto de archivo de un pleno del Consejo de la Guardia Civil.
Foto de archivo de un pleno del Consejo de la Guardia Civil.

En el día de ayer, 03 de septiembre de 2019, tuvo lugar la reunión correspondiente a la Comisión de normativa, en la sede de la Dirección General de la Guardia Civil.

El orden del día era muy escaso, y por la misma pasaron para su posterior informe en el Pleno del Consejo, tan solo dos normas:

Real Decreto sobre la determinación de la aptitud psicofísica del personal de la guardia civil.

Esta norma ya ha pasado varias veces por el Pleno del Consejo, volviendo hoy para dar cuenta de modificación en varios artículos, y tener en cuenta las observaciones realizadas por distintos órganos ministeriales. Ha sufrido modificaciones en los artículos 9.3 y 6, en el 10.3 y en el 19.3.

En el anterior Pleno del Consejo también tuvo entrada la Orden Ministerial de desarrollo de este Real Decreto, por lo que ambas normas imaginamos que seguirán su tramitación orgánica, hasta su aprobación por el Consejo de Ministros correspondiente.

AUGC se ha posicionado en contra de esta norma, y si sale tal y como ha llegado hasta aquí, podemos asegurar que la misma será impugnada judicialmente.

Proyecto de Orden General, que regula el régimen, organización y funcionamiento del Registro de Actividades Formativas de Interés para la Guardia Civil y la composición y funcionamiento de la Junta de Valoración de Actividades Formativas.

AUGC ha mostrado nuevamente su disconformidad con este borrador, pues excluye la participación de las asociaciones profesionales en el órgano creado, la Junta de Valoración de Actividades Formativas, habiendo solicitado con anterioridad la inclusión de representantes de las asociaciones en este órgano. Como ocurre con la norma anterior, AUGC se reserva el derecho de impugnarla judicialmente, al considerar que pueda existir una vulneración del núcleo esencial del derecho fundamental de asociación profesional.

En otro orden de cosas, se  preguntó por el calendario de vacantes, contestando el representante de la administración que el mismo seguía su previsión inicial, sin cambios.

Os adjuntamos los borradores utilizados en la sesión de las normas enunciadas.

Para hacer comentarios debes identificarte

IDENTIFÍCATE