AUGC tumba en los tribunales la OG que regula las medidas preventivas en caso de bajas por motivos psicológicos

Nos encontramos por tanto ante un nuevo éxito judicial de AUGC, sin que por ello debamos lamentar otra vez que sea necesario el recurso a los tribunales contra medidas adoptadas arbitrariamente por la Dirección General y su lobby de altos mandos sin contar con las asociaciones profesionales.

por Ildefonso Garcia Ruiz

La Dirección General no puede regular normas que afecten a los guardias civiles sin contar con las asociaciones profesionales que les representan legítimamente.
La Dirección General no puede regular normas que afecten a los guardias civiles sin contar con las asociaciones profesionales que les representan legítimamente.

Una vez más, la justicia ha vuelto a corregir un abuso de la Dirección General de la Guardia Civil. Y una vez más, también, han tenido que ser los servicios jurídicos de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) los que denunciaran ante los tribunales este abuso.

En este caso nos referimos a la Orden General sobre protocolo de actuación para la adopción preventiva de medidas específicas ante situaciones de naturaleza psiquiátrica, psicológica o ante conductas anómalas que afecten a los guardias civiles.

Desde AUGC se planteó la nulidad de pleno derecho de esta orden general a partir de tres motivos. En primer lugar, se reclamaba la falta de competencia del órgano autor de la misma, la Dirección General, debiendo emanar la regulación  del Gobierno o del Ministerio del Interior, y no por medio de orden general del Director General.

En segundo término, se reclamaba que la orden general regulaba aspectos sustanciales de derechos fundamentales y profesionales de la Guardia Civil, adentrándose en situaciones que afectan al derecho a la salud o a la determinación de actitudes psicofísicas.

Por último, la tercera causa por la que AUGC denunciaba esta orden general era la falta en la misma del obligado dictamen del Consejo de Estado, al desarrollar aspectos esenciales de una Ley Orgánica, la del año 2007 que recoge Derechos y Deberes de los guardias civiles, careciendo además de informe jurídico alguno.

Ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha reconocido la pertinencia de las causas aducidas por AUGC en su reclamación, y por ello ha estimado el recurso contencioso-administrativo presentado por nuestra organización, de manera que la orden general “se anula en tanto que no resulta acorde a Derecho”.

Es muy importante destacar que la norma anulada pretendía incidir de manera negativa en el derecho fundamental al ejercicio del cargo de los guardias civiles sin perturbaciones ilegitimas al establecer como capacidad de la Guardia Civil, la adopción de medidas como:

- La retirada de armamento oficial y particular de personal afectado y la suspensión temporal de la licencia A para armas.

- La limitación para conducir vehículos, pilotar o ser miembro de tripulaciones de vuelo de aeronaves y manejar embarcaciones oficiales.

- La limitación para utilizar el equipamiento policial que se estime incompatible con su situación.

-  La denegación de acceso a bases de datos o a determinada información.

-Por último, otra consecuencia de esta norma, ahora sin efecto gracias a la acción judicial de AUGC, incluía la entrega de la tarjeta de identidad profesional.

Todo ello, sin garantía alguna y mediante una norma contraria a derechos. Es decir, se pretendía afectar a los derechos fundamentales y profesionales de los guardias civiles a través de una norma nula de pleno derecho.

Nos encontramos por tanto ante un nuevo éxito judicial de AUGC, sin que por ello debamos lamentar otra vez que sea necesario el recurso a los tribunales contra medidas adoptadas arbitrariamente por la Dirección General y su lobby de altos mandos sin contar con las asociaciones profesionales. AUGC ya advirtió de la ilegalidad durante el proceso de tramitación estando como director Félix Azón, recientemente cesado, de la orden general, sin hacer caso alguno de tal advertencia por el anterior equipo de la Dirección General.

Resulta imprescindible y urgente que tanto desde este órgano como el propio generalato se interiorice que las asociaciones son una parte activa y fundamental en la toma de decisiones en la Guardia Civil,  y que no se puede prescindir de ellas a la hora de aprobar normas que afectan a las docenas de miles de trabajadores que representan legítimamente.

Por ello, y ahora que se abre una nueva etapa en la Dirección General, con María Gámez al frente, volvemos a recordar la necesidad de que su figura cuente con el asesoramiento serio y adecuado que eviten volver a reproducir actitudes autoritarias y desconocedoras de la función y atribuciones que la ley otorga a las asociaciones profesionales.

Para hacer comentarios debes identificarte

IDENTIFÍCATE