El Jefe de la Agrupación de Tráfico anula la sanción disciplinaria a un representante de AUGC en Córdoba

por Administración AUGC

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En marzo de este año el Capitán Jefe del Subsector de Tráfico de Córdoba impuso una sanción disciplinaria a un guardia civil destinado en el Equipo de Atestados de Peñarroya, actual Secretario de Tráfico de AUGC en Córdoba, por “omitir el conducto reglamentario para formular una solicitud relacionada con el servicio”, cuando lo que hizo simplemente fue gestionar la adquisición de una pala (por valor de trece euros) que era necesaria para su utilización en los accidentes de tráfico, lo cual llevó a cabo para ahorrar trabajo y molestias a sus compañeros de la oficina, del mismo modo que viene haciendo en muchas otras ocasiones, a pesar de no estar obligado a ello, pero el Sargento Jefe del Destacamento de Peñarroya entendió que había omitido el “conducto reglamentario” al no informarle de dicha gestión, y emitió un parte disciplinario en el que el Capitán se apoyó para sancionarle.
Esa sanción fue recurrida por los servicios jurídicos de AUGC ante el General Jefe de la Agrupación de Tráfico, Benito Salcedo, el cual ha dictado ahora una resolución estimando dicho recurso y anulando la sanción disciplinaria impuesta, porque “…se puede considerar acreditado que la Unidad conocía la existencia de la necesidad de ese material para el servicio propio de la misma, y ese conocimiento alcanzaría también a su Jefe”, así como que “…la falta imputada exige un comportamiento doloso, cual es la intención de sustraer al conocimiento del Superior el hecho concreto y este dolo del tipo disciplinario apreciado, no ha quedado acreditado por las diligencias de prueba practicadas”.
Ahora deberán devolver al afectado la cantidad económica que le fue detraída de sus retribuciones, así como eliminar la anotación negativa realizada en su hoja de servicios. Pero además, con el asesoramiento de los servicios jurídicos de AUGC, va a reclamar al Ministerio del Interior una indemnización por los perjuicios causados: desplazamientos con su vehículo particular para ejercer su legítima defensa, pérdida de días libres por el mismo motivo, etcétera.

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