La Fiscalía solicita la absolución del guardia civil de Tenerife que hoy se enfrentaba a cinco meses de prisión

Retiró durante la celebración del juicio en el Juzgado Togado Militar de Santa Cruz de Tenerife la acusación contra Jesús del delito de insulto a un superior

por Administración AUGC

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La Fiscalía solicitó hoy al Tribunal Togado Militar de Santa de Tenerife que dicte sentencia absolutoria a favor del guardia civil Jesús Giraldo, destinado en el municipio tinerfeño de Arona, que por discutir con un superior se sentó hoy ante el Juzgado Togado Militar de Santa Cruz de Tenerife en una vista abierta, enfrentándose a entrar en una prisión militar durante cinco meses por una mera falta administrativa, al aplicársele el Código Penal Militar.
La fiscal, tras la práctica de las pruebas durante la celebración del juicio, decidió modificar su escrito de conclusiones y retirar la acusación contra Jesús del delito de insulto a un superior y, por consiguiente, la libre absolución para el guardia civil que, desde el pasado 21 de junio de 2013, ha vivido un auténtico vía crucis.
Hoy ha concluido para Jesús un mal sueño, que comenzó hace casi dos años cuando por una discusión con un superior ha visto peligrar su privación de libertad. La celebración del juicio ha sido el último eslabón de una cadena de sinsabores que ha vivido este guardia civil: pérdida de destino, la suspensión de funciones y la pérdida de salario. 
 
La situación a la que se enfrentó hoy Jesús es consecuencia de la aplicación a los guardias civiles del Código Penal Militar, ya que, según esta ley pueden ir a la cárcel por lo que sería una mera falta administrativa para cualquier funcionario público.
 AUGC exige la eliminación de esta norma que amenaza derechos fundamentales y que implica que los guardias civiles sean militares en la realización de sus funciones policiales. La aplicación del Código Penal Militar ha vaciado de contenido a la Ley Orgánica 12/2007 del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil y el artículo 7.bis de la Ley Orgánica 13/1985 del Código Penal Militar, en la que se especifica claramente que el uso del Código Penal Militar en la Benemérita solo se ciñe a “situaciones extraordinarias” y siempre que se den las circunstancias de tiempo de guerra, estado de sitio, durante el cumplimiento de misiones de carácter militar y/o la integración del personal del Cuerpo Policial en Unidades Militares.
Esta norma se aplica en situaciones que no especifica la Ley desde que en 2012 una sentencia del Tribunal Supremo dictaminó la aplicación del Código Penal Militar en la funciones de deberes esenciales (disciplina, jerarquía, cohesión interna, unidad) A partir de ese momento, aumentaron los procesamientos en la Guardia Civil. Una discusión verbal ordinaria puede desembocar en una condena de prisión militar. Actualmente en España alrededor de 30 guardias civiles están pendientes de una posible condena de prisión militar. Para la Asociación con mayor representación la Guardia Civil la aplicación del Código Penal Militar representa un “suicidio profesional”, siendo un Código “garantizador de la jerarquía”.

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