Resumen Grupo de Trabajo Orden General Organización y funciones de la gestión económica de la Guardia Civil

En el día de la fecha, 28 de febrero de 2024, he tenido lugar el primer grupo de trabajo referente a la nueva regulación que se desea realizar, en cuanto a la organización y funciones, de la gestión económica de la Guardia Civil a nivel periférico

Orden General Organización y funciones de la gestión económica de la Guardia Civil.
Orden General Organización y funciones de la gestión económica de la Guardia Civil.

Es una norma de carácter técnico, que sin embargo incide de forma muy importante en otras regulaciones, sobre todo en destinos, puesto que su personal, a medio o largo plazo, dejará de depender de las PLMs y serán puestos de trabajo con autonomía propia. Esto seguramente conllevará una readaptación orgánica, que hará necesario la voluntariedad del personal. Estaremos atentos a como se vayan produciendo esas readaptaciones orgánicas, y que no provoquen perjuicios a los guardias civiles.

Por parte de AUGC, y como ha sido peticionado ya con anterioridad, la solicitud de que se articule como una especialidad la gestión económica en la Guardia Civil. Es una cuestión que parece ser que sí van a tener en cuenta, si bien y como decimos, lo será a medio o largo plazo, puesto que para realizar la organización que con esta OG se pretende, es necesario ampliar en más de 500 efectivos la plantilla que actualmente se dedica a estas funciones, la cual ronda los 350 efectivos en la organización periférica.

Se ha preguntado también si está en desarrollo una posible ficha de méritos específica para estos puestos de trabajo, contestando que no existe en la actualidad ningún estudio sobre una posible ficha de méritos.

Una petición que se ha realizado por parte de AUGC, y puesto que somos conscientes de la problemática del aumento de personal necesario para realizar el futuro desarrollo de la OG, es la posibilidad de que puedan acceder a los puestos de trabajo que se generen, el personal en reserva.

Esta OG introduce la figura de los Órganos de Gasto y Contratación (OGESs). Estarán bajo la dependencia de las personas titulares de las unidades relacionadas en el Anexo 1 de la OG.

Y si bien las demás unidades que detalla el borrador de esta OG ya existen (UGEs, OGEs, Cajas Pagadoras y Subcajas), sí pasan a tener un nuevo desarrollo, introduciendo nuevas Áreas de control.

Se adjunta el borrador de la norma.

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