La principal novedad radica en la regulación del Derecho Preferente mediante la modificación del artículo 50 de Reglamento de Destinos, articulándose en dos vertientes diferenciadas:
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Derecho Preferente Absoluto: Se mantiene para quienes ocupen destino en las unidades que lo generan y en el País Vasco y Navarra bajo las condiciones actuales, si bien se establece una fecha de caducidad definitiva para su invocación fijada el 30 de junio de 2030.
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Derecho Preferente Modulable: Esta nueva figura se aplicará en Cataluña, Illes Balears, País Vasco y Navarra. No supone una prioridad total, sino que se traduce en una "Antigüedad Compensada". Tras tres años de servicio ininterrumpido, se aplicará una fórmula con un coeficiente de 1,5, lo que implica que los días de servicio en estas zonas computarán con mayor valor a efectos de escalafón para futuros destinos. Esta fórmula tiene carácter progresivo (a más años, mayor suma), donde, por ejemplo, cinco años de permanencia equivaldrían a dieciocho años de antigüedad y seis años alcanzarían casi los veintiséis.
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Méritos: En los concursos de méritos, la permanencia en estas zonas otorgará dos puntos adicionales como mérito personal.
Asimismo, se propone la creación de Tiempos Máximos de Permanencia, modificando la Orden INT/26/2021, con el objetivo de evitar el estancamiento en ciertos puestos. Estos límites, que comenzarán a computar desde cero con la entrada en vigor de la norma:
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Los oficiales con empleo de Teniente Coronel o Comandante que desempeñen funciones de Jefe de Compañía, Jefe de Servicio de la Comandancia, Jefe de Unidad Fiscal o que sean Oficiales destinados en la propia Comandancia, tienen un tiempo máximo de permanencia en esos puestos de 12 años.
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Los oficiales con empleo de Capitán o Teniente que desempeñen jefatura, tienen fijado un tiempo máximo de permanencia de 10 años en el mismo puesto.
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Los suboficiales tienen un tiempo máximo de permanencia de 15 años cuando ocupan puestos de Mando de Puesto Principal o Ordinario, Jefe de Destacamento de Tráfico, Jefe de Equipo de Policía Judicial (ETPJ) o Jefe de un Puesto Fiscal y de Fronteras (PAFIF).
AUGC procederá al análisis de esta propuesta, aunque en una primera valoración podemos decir:
Respecto al Derecho Preferente Modulable y Méritos: Valoramos positivamente que finalmente se reconozca la penosidad y dificultad de destinos como Baleares y Cataluña, atendiendo a una reivindicación histórica de esta asociación. No obstante, consideramos que la asignación de dos puntos en los concursos de méritos es meramente testimonial e insuficiente. Además, observamos que el carácter "modulable" de la antigüedad es cuestionable, ya que a partir del sexto año la fórmula se convierte, en la práctica, en un derecho absoluto.
Falta de Incentivos Económicos: AUGC mantiene una crítica frontal ante la ausencia de medidas retributivas en este grupo de trabajo. Resulta imposible solucionar la falta de personal en Baleares o Cataluña únicamente mediante ajustes en la asignación de vacantes. Es imperativo un enfoque integral que incluya el aumento del plus de territorialidad y la declaración urgente de Zona de Especial Singularidad (ZES).
Continuaremos trabajando para que cualquier cambio normativo no solo garantice la operatividad, sino que respete y mejore la calidad de vida y las expectativas profesionales de todos los guardias civiles.




