Los servicios jurídicos de AUGC Badajoz logran que dos afiliados sean resarcidos por las vacaciones no disfrutadas antes del pase a reserva

Las sentencias establecen la prevalencia de la Directiva europea sobre la Orden General nacional, que únicamente contempla esta indemnización cuando se da el pase a retiro

Dos Guardias Civiles causaron baja médica por incapacidad temporal meses antes de pasar a reserva por edad. Las situaciones se produjeron en distintas fechas y ambos pidieron a la Administración que se les resarciera por las vacaciones que no pudieron disfrutar. Este derecho está consagrado legalmente en la normativa nacional y europea, además de haber numerosas sentencias que lo corroboran.

Los dos compañeros expusieron los hechos a los servicios jurídicos de la Delegación en Badajoz de la Asociación Unificada de Guardias Civiles, desde donde se procedió a emprender acciones legales. De este modo, el letrado D. Segundo Berjano Murga consiguió que los afiliados percibiesen alrededor de 2.500 euros por el concepto de las vacaciones no disfrutadas.

En cuanto al pleito, se hizo referencia expresa a la sentencia del TJUE de 20 de enero de 2099 (C-350/06). Es la que declara el período de vacaciones como un principio de derecho social y comunitario que no se extingue tras finalizar el devengo sin su disfrute.

También se aludió al artículo 7 de la Directiva 2008/88/CE, pues ordena a los Estados que adopten medidas para que los trabajadores dispongan de, al menos, cuatro semanas anuales de vacaciones retribuidas, según las condiciones de su normativa. Por este motivo, la Directiva europea se ha impuesto a la Orden General 1/2016, de 22 de enero, sobre vacaciones, permisos y licencias, que es la que sólo contempla indemnizaciones cuando el pase es a retiro, pero no a reserva.

Por estos motivos, las sentencias resultaron favorables para ambos agentes y percibieron las cuantías correspondientes. Los tribunales de justicia conceden, una vez más, lo que la Guardia Civil debe dar de oficio. Desde AUGC hacemos valer los derechos de los agentes del Cuerpo frente a la Administración, pero hay que recordar que hay cuantiosos fallos similares favorables, como por ejemplo en la Comunidad de Madrid o en País Vasco, entre otros.

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