AUGC informa: nueva normativa de Destinos y aclaraciones sobre el carácter preferente del Norte

AUGC informa: nueva normativa de Destinos y aclaraciones sobre el carácter preferente del Norte

por Ildefonso Garcia Ruiz

Imagen de archivo de un operativo de la Guardia Civil en Bilbao.
Imagen de archivo de un operativo de la Guardia Civil en Bilbao.

El pasado día 24 de enero se celebró Grupo de Trabajo en el Consejo de la Guardia Civil sobre diversas órdenes de Destinos.

De manera preferente se abordó la Orden Ministerial para la Clasificación y Provisión de Destinos en la Guardia Civil, pues es la norma de donde derivarán las correspondientes ordenes generales que aborden los destinos, aunque el Grupo de Trabajo también analizó la que será nueva Orden General sobre Provisión de Destinos por Concurso de Méritos.

En relación con esa última, recientemente desde la Dirección General de la Guardia Civil nos han trasladado 99 fichas nuevas de concurso de méritos, las cuales cuentan con cambios: nuevo diseño así como la aparición de los umbrales de normalización que buscan una mayor transparencia en los concursos de méritos y los cambios que con este parámetro afectarán a las puntuaciones mínimas que aparecen en algunas fichas.

Desde AUGC vamos a analizar y a trabajar para trasladar a la Jefatura de Personal y Formación los cambios que se consideren pertinentes, para lo que desde la comisión de especialidades se estudiarán dichas fichas, proponiéndose cambios en los méritos a valorar o en las puntuaciones asignadas a dichos méritos. Por este motivo también solicitamos tu colaboración para que nos hagas llegar tus opiniones y matizaciones sobre las fichas o cualquier otra consideración en materia de destinos, al correo tuvoz@augc.org y así puedas participar en la elaboración de las diferentes normas que nos afectan como guardias civiles.

En cuanto la Orden Ministerial de Clasificación y Ordenación se ha aquilatado el cuadro de las limitaciones para ocupar puestos con limitaciones. Aunque este cambio que no afectará al que ya ocupe este tipo de vacante, sino a los siguientes que se produzcan tras la aprobación de la norma. Lo que sí se han añadido son los destinos incompatibles y la asignación de limitaciones de estos destinos para que pueden ocupar con arreglo a la categoría de cada limitación.

DERECHO PREFERENTE PAÍS VASCO Y NAVARRA

En relación con esta orden sobre destinos se ha difundido que se harán cambios en cuanto al carácter preferente del País Vasco y Navarra. Desde AUGC queremos aclarar que este extremo es incorrecto: la aplicación de dicho carácter preferente continuará igual que hasta ahora en lo que respecta a las vacantes por antigüedad.

Lo que sí se analizará “a futuro” es la posibilidad de que dicho carácter preferente pueda afectar a las vacantes de concurso de méritos con fórmulas como la ponderación, por ejemplo, donde influyan los años de destino en dichas comandancias del País Vasco y Navarra. Pero esto es tan sólo un futurible que aún no se ha empezado a analizar en el Consejo de la Guardia Civil, y sobre lo que de momento no hay nada por escrito.

En definitiva, en contra del rumor que se ha extendido estos días, el carácter preferente del Norte no ha va a sufrir cambios la Orden Ministerial de Clasificación y Ordenación.

CATÁLOGO DE PUESTOS DE TRABAJO

En cuanto a destinos se refiere, y en conexión con nuestra Ley de Personal, hemos de tener muy en cuenta la Orden General que desarrolla la estructura y el contenido de la Relación de Puestos Orgánicos de las unidades de la Guardia Civil, la cual no fue abordada en este Grupo de Trabajo de manera detallada, ya que es mucha la información y los textos a tramitar, pero que se desarrollará en posteriores grupos de trabajo.

La tramitación de esta norma es  fundamental para la actividad profesional de los guardias civiles, puesto que la misma debe contener y regular el Catálogo de Puestos de Trabajo (CPT) como instrumento básico en la gestión de los recursos humanos (RR.HH.) en la Guardia Civil.

Tan solo con el desarrollo de un verdadero Catálogo de Puestos de Trabajo (CPT) cada miembro de la Guardia Civil conocerá sus cometidos específicos, ya que todos los puestos orgánicos deberían estar identificados, de modo que se definirán los requisitos y demás condiciones particulares para cada asignación u ocupación, el régimen de prestación de servicio, las retribuciones económicas que conlleva (incluido la productividad), o la regulación de las sucesiones y sustituciones del mando. Esta es la única manera de terminar de una vez por todas con las arbitrariedades. Es una cuestión de responsabilidad, eficacia y eficiencia para adecuar a la Guardia Civil al modelo de gestión pública transparente que merecen los ciudadanos, incluyendo  por supuesto a los guardias civiles, con la existencia de recursos humanos (RR.HH.) imprescindibles para manejar las relaciones personales, así como las necesidades de éstos, para que la Guardia Civil se adapte la nuevas relaciones laborales del siglo XXI.

En archivo adjunto puedes consultar la ficha del Concurso de Méritos y los modelos a cumplimentar

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