El Supremo reconoce el derecho de AUGC a formar parte de EuroCOP

La sentencia también establece que la característica principal de la Guardia Civil es constituir un cuerpo policial, con escasísimas misiones de carácter militar. Por lo tanto pone en cuestión todo el diseño de su estatuto regulador sobre esa idea y la aplicación del Código Penal Militar a los guardias civiles, tal y como ha reclamado AUGC históricamente

Logo de EuroCOP.
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AUGC ha obtenido una nueva victoria jurídica histórica, al reconocer El Tribunal Supremo su derecho a pertenecer a la red europea de sindicatos Confederación Europea de Policía (EuroCOP). En su sentencia 218/2018, el Supremo estima un recurso interpuesto por esta asociación profesional contra una Resolución del Ministerio del Interior de 5 de febrero de 2014 que denegó su solicitud de inscripción en la entidad internacional.

Además, el Supremo también anula la sentencia de la Audiencia Nacional que dio inicialmente la razón a Interior, examina el contenido y  alcance del artículo 39.2 de la Ley Orgánica 11/2007, de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, que fue el precepto esgrimido por la Administración para denegar el registro  pretendido por la asociación recurrente.

En su sentencia, los magistrados de la Sala Tercera del Tribunal Supremo concluyen que no se aprecia "justificación suficiente" para negar la posibilidad de que AUGC se integre en el seno de EuroCOP, porque se puede afirmar que, tras analizar sus estatutos, "no opera realmente como un sindicato, ni lo pretende, sino que se caracteriza como una asociación profesional típica, pues carece de la estructura, medios y pautas de actuación propias de una asociación de naturaleza sindical".

Añade que ya la propio EuroCOP no vio obstáculo alguno para que la asociación de guardias civiles se incorpore a ella. "Si la propia organización internacional considera que una asociación profesional de policías nacionales sometidos a un régimen estatutario militar puede formar parte de ella, eso sólo puede interpretarse en el sentido de que el fuero militar no es, a los ojos de dicha organización, impeditivo de la integración en la asociación internacional siempre y cuando la asociación nacional sea verdadera y realmente una asociación de policías", dice el Supremo en su sentencia.

Para AUGC, esta sentencia supone un reconocimiento de su lucha por no ser excluida de su participación y cooperación con los representantes de otros cuerpos policiales nacionales e internacionales, dejando claro que la Ley de Derechos y Deberes de los guardias civiles no impide que se tejan alianzas con organizaciones homólogas de otros cuerpos europeos, unas alianzas fundamentales dentro de un marco europeo en el que el interés policial y de seguridad ciudadana trasciende claramente las fronteras nacionales. Por ello AUGC entiende que esta sentencia es clave tanto para esta cuestión de seguridad como para poder expresar en un foro internacional las preocupaciones y los problemas que sufren los guardias civiles.

Por otro lado, la sentencia también establece que la característica principal de la Guardia Civil es constituir un cuerpo policial, con escasísimas misiones de carácter militar. Por lo tanto, pone en cuestión todo el diseño de su estatuto regulador, que conlleva la aplicación del Código Penal Militar a los guardias civiles, algo contra lo que se ha manifestado históricamente AUGC.

En este sentido, el pronunciamiento del Supremo supone un hito histórico, puesto que por primera vez en cuarenta años de nuestra Constitución se reflexiona desde instancias jurídicas sobre la verdadera naturaleza de la Guardia Civil y abre la puerta a un cambio de interpretación respecto a la citada aplicación del Código Penal Militar a los trabajadores de la institución.

En definitiva, nos encontramos una vez más ante la corrección por parte de la justicia de un nuevo intento de abuso y recorte de derechos del poder ejecutivo contra los guardias civiles. Por fortuna, el trabajo de los servicios jurídicos de AUGC ha servido para volver a pararle los pies a esta enésima tentativa contra el sentido común y el derecho de los trabajadores. La sentencia, y como ya se ha indicado, supone además un precedente muy importante para seguir luchando por terminar con otras situaciones absolutamente anómalas en la Guardia Civil, como son el hecho de no poder contar con sindicatos o las condenas a prisión de trabajadores por mantener una simple discusión de trabajo.

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