El Tribunal Supremo anula una sanción a un guardia civil porque accedieron a sus informes médicos sin permiso

El agente resultó sancionado con falta grave, a la pérdida de siete días de haberes con suspensión de funciones, ahora el Tribunal Supremo anula la sanción por vulneración de los derechos a la intimidad y de defensa.

por Braulio José Calvo Jiménez

La justicia ciega
La justicia ciega

Un agente de la Guardia Civil con destino en la provincia de Badajoz resultó sancionado a la pérdida de siete días de haberes con suspensión de funciones. Durante la tramitación del expediente, el instructor vulneró el derecho de defensa de éste, y el dador del parte y la administración, que instruyó la causa su derecho a la intimidad. Así ha quedado reflejado en la Sentencia de la Sala Quinta del Tribunal Supremo que AUGC-Badajoz ha tenido conocimiento. El abogado de la delegación D. Segundo Berjano Murga ha sido el responsable de la defensa del agente.

La sentencia expone, que en la instrucción del expediente, se vulneró de manera palmaria el derecho de defensa del encartado, reconocido en el artículo 24.2 de la Constitución, al denegarle a conocer de lo que se le estaba acusando, califica el Tribunal este hecho de una conculcación de su derecho de defensa de relevancia constitucional, al pretender que el agente declarase “a ciegas”.

La sentencia arremete duramente contra el Tribunal Militar Central, al que reprende entre otras cosas, por no haber hecho una valoración adecuada de las pruebas obtenidas y por no ver que la administración impidió, restringió y limitó los medios de defensa del agente, además, de vulnerar su derecho a la intimidad proclamado en el artículo 18.2 de la Constitución. Violentando el secreto profesional médico y la relación médico-paciente.

La vulneración del derecho fundamental a la intimidad sufrida, quedó de manifiesto, cuando su superior inmediato accedió de manera ilegítima a unos informes médicos que iban adjuntos a una solicitud de cambio de puesto que realizó el agente. Estos informes aconsejaban el cambio de unidad por las malas relaciones existentes entre ambos. Este jefe usó esos informes para acusarle de mentir, sustanciándose esa acusación en la sanción citada de siete días sin sueldo y sin funciones, que ahora se anula.

Desde esta asociación invitamos al responsable de la Guardia Civil en Badajoz, a que investigue los hechos, estudie la Sentencia y depure responsabilidades en los distintos actores que han intervenido, tanto en la instrucción, como en el dador del parte, ya que se podrían haber incurrido en alguna falta prevista en Ley Disciplinaria de la Guardia Civil, como son limitación de derechos a subordinados y contra la integridad moral por el acceso a información médica, especialmente protegida por las Leyes.

Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), nos alegramos por nuestro afiliado y lamentamos que los derechos de los trabajadores de la Guardia Civil tengan que ser tenidos en cuenta a golpe de sentencias judiciales. No comprendemos que la Guardia Civil vulnere derechos fundamentales como son los derechos de defensa y la intimidad de sus trabajadores.

Puede leerse la sentencia completa aquí. 

 

 

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