Los tribunales dan la razón a doce agentes de la Policía Judicial de la Guardia Civil de Cuenca

Los tribunales dan la razón a doce agentes de la Policía Judicial de la Guardia Civil de Cuenca

por Ildefonso Garcia Ruiz

Los tribunales vuelven a enmendar la plana a la Dirección General
Los tribunales vuelven a enmendar la plana a la Dirección General

Los derechos económicos de los trabajadores de la Guardia Civil han sido reconocidos nuevamente gracias a los servicios jurídicos de AUGC. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, mediante doce sentencias firmes, ha reconocido a todos aquellos agentes de la Guardia Civil destinados en la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Comandancia de Cuenca el derecho al abono del Complemento de Productividad Estructural correspondiente a cuatro años, en los que se vieron privados del mismo sin razón alguna que lo justificase.

Así, los guardias civiles adscritos a Policía Judicial, han visto reducidos sus emolumentos durante esos cuatros años, en meses distintos, en sumas no inferiores los 250 euros al mes, sin razón que lo justificase y sin aviso previo de ninguna clase. Algo impensable que le ocurra a un funcionario o a cualquier trabajador, en nuestros días. 

Algunos de los guardias civiles afectados interpusieron, a través de AUGC, sendos recursos contra las resoluciones dictadas por  la Dirección General de la Guardia Civil mediante los que reclamaban el pago de este complemento retributivo, el cual dejaron de percibir en sus nóminas de algunas de los meses de los citados años, sin que mediara comunicación escrita, y enterándose a través del cobro de sus nóminas, con el consiguiente quebranto y perjuicio económico/familiar.

Se da la paradoja de que el personal adscrito a Policía Judicial no tenía regulado por aquellas fechas horario de trabajo, es decir se encontraban excluidos del régimen de horarios y servicios del que sí disponían el resto de guardias civiles, por lo que no podían percibir retribución por horas de exceso y por realizar servicios en horarios nocturnos o festivos, teniendo como único complemento que recompensaba la penosidad de sus intempestivos horarios, el susodicho complemento de productividad estructural.

El fundamento de dar lugar a la reclamación por parte del TSJ de Madrid no ha sido otro, sino que el mando no había razonado de forma suficiente la no percepción del complemento, exigencia que de no llevarse a cabo “incurriría en un caso de arbitrariedad”, según dicta la sentencia del Tribunal.

Ningún dato objetivo ni valoración bastante dio núnca la Guardia Civil, ni dentro ni fuera del Tribunal, para fundar las razones por las que detraía o no proponía a los funcionarios de su unidad el complemento de productividad del que eran acreedores,  y por ello la Sentencia, acoge sus pretensiones, que conllevan la reposición de los derechos económicos de los doce agentes de la Guardia Civil pertenecientes a Policía Judicial de Cuenca.

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