La Guardia Civil adeuda en Andalucía a los servicios jurídicos de AUGC casi 50.000 euros

La reiteración, testarudez y desobediencia de la Dirección General de la Guardia Civil en cumplir fallos judiciales lo pagan los ciudadanos

por Ildefonso Garcia Ruiz

La Administración debe dinero a AUGC en concepto de costas procesales.
La Administración debe dinero a AUGC en concepto de costas procesales.

La federación de AUGC en Andalucía está harta de que la propia Guardia Civil, una vez más, vaya por libre en este caso y por eso denunciamos esta actitud reiterada ante el despilfarro de dinero público que suponen las continuas sentencias en contra que recibe la Guardia Civil por parte de los tribunales, con la condena del pago en costas a la Administración, derivado de los numerosos casos de demandas que los agentes llevan ante la justicia por la negativa respuesta a sus legítimas pretensiones.

La Guardia Civil deniega sistemáticamente derechos a los agentes que solicitan por conducto reglamentario que posteriormente son recurridos en contenciosos administrativos los cuales en su mayoría son ganados en los juzgados, motivo por el que el la Justicia condena en costas a la Guardia Civil, resultando a la postre que quién paga es el ciudadano con el dinero de las arcas públicas por decisiones reiteradamente injustas.

En las 8 Delegaciones de AUGC en Andalucía que corresponde con las respectivas provincias la cantidad asciende a casi 50.000 euros sobre unas 125 sentencias, ya que desde hace unos dos años la Dirección General de la Guardia Civil ha paralizado el abono de las costas a las que ha sido condenada unilateralmente por arte de birlibirloque, desoyendo el apercibimiento de distintos tribunales de imponer al mismo Subdirector General de personal multas coercitivas sobre su patrimonio personal para que la Guardia Civil cumpla con el pago de las costas judiciales según el artículo 112 de la Ley Jurídico Contencioso Administrativa LJCA.

La mayoría de las demandas interpuestas y ganadas corresponden a solicitudes de compatibilidad para poder ejercer otra profesión fuera del horario laboral que evidentemente nada tenga que ver con el ejercicio de sus funciones la DGGC, es conocedora del criterio tiene el Tribunal Supremo y la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Madrid, que es la que conoce de los asuntos relativos a la Guardia Civil, continúan negando las solicitudes de compatibilidad de forma constante, sin tener en cuenta los criterios del TSJ de Madrid y TS así las reducciones de jornada para el cuidado de hijos o solicitudes del permiso de lactancia, vital para la conciliación laboral y familiar que son competentes todos los tribunales de España. Todas estas insensibilidades reiteradas, especialmente las relacionadas con la conciliación laboral y familiar asunto vital refleja la falta de sensibilidad por parte de los distintos responsables, quienes niegan la concreción horaria con importante detracción de salario que solicita el/ la guardia civil, para resolver que aceptan la reducción de jornada pero no en los horarios solicitados por los agentesy todo ello amparándose en las sempiternas “necesidades del servicio” que dejan abierta esa tasación de horarios que se necesita para compatibilizar el trabajo con  el cuidado de hijos.

Además los servicios jurídicos han ganado en distintos órganos jurisdiccionales de toda España más de 450 demandas de diversa temática en la que la Administración ha sido condenada a abonar las costas de los procedimientos lo que supera con creces los 150.000 euros. Por todo ello AUGC exige al Subdirector General de personal y al Director General que cumplan las decisiones Judiciales. Es muy fácil disparar con bala ajena y sin responsabilidad alguna ya que el que deniega por sistema con su firma, no paga.

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