Los servicios jurídicos de AUGC Cádiz logran reducir la sanción a un compañero que prácticamente le condenaba al destierro

La rebaja deja en dos meses el castigo de suspensión de empleo, desde los seis iniciales.

por Ildefonso Garcia Ruiz

Vista panorámica de la localidad de El Bosque, en la Sierra de Cádiz.
Vista panorámica de la localidad de El Bosque, en la Sierra de Cádiz.

Como ya había denunciado AUGC Cádiz en anteriores ocasiones, en esta provincia, y más concretamente en la Sierra, se estaba cometiendo un verdadero atropello contra un guardia civil que había sido condenado prácticamente al destierro por la imposición de una sanción disciplinaria de seis meses y un día de suspensión de empleo, lo que conllevaba la pérdida de destino y la imposibilidad de obtener durante dos años otro en la Comandancia de Cádiz por la comisión de la infracción disciplinaria Muy Grave de “Vulnerar la neutralidad o independencia Política o Sindical en el desarrollo de la actuación profesional”, según la Dirección General de la Guardia Civil; sanción que, escogida entre las posibles para dicho tipo de infracciones, es de extrema dureza por las consecuencias personales que conllevaba. La sanción quedó materializada en el mes de agosto de 2018.

Se trata de un Guardia Civil, natural de la Sierra de Cádiz, con arraigo en la localidad, y una familia con hijos menores que había sido prácticamente obligada a abandonar su entorno, en la localidad de El Bosque

Por fortuna, nuevamente, y en este caso en el Recurso de Alzada tramitado ante el Ministerio de Defensa por los servicios jurídicos de AUGC, se rectifica dicha decisión al estimarse parcialmente los argumentos de la defensa ejercida por el letrado de la Delegación de AUGC en Cádiz, Pablo Martín Bejarano, y se reduce la sanción a dos meses de empleo y sueldo, que aun siendo igualmente dura, no conlleva la pérdida de destino, al considerar que no estamos en presencia de la falta muy grave aplicada y sancionada sino ante una falta distinta, ahora de carácter grave.

En la resolución del Recurso de Alzada se estima, como AUGC siempre ha defendido, que el compañero no vertió críticas a la labor política de la alcaldesa de El Bosque. Esto no quita, que sigamos recurriendo a instancias superiores, presentando los recursos pertinentes ante la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo.

Por tanto, no cejaremos en nuestro empeño en conseguir el archivo total de un expediente disciplinario que nunca se debió de abrir, ya que desde el principio hemos invocado la ausencia total de prueba que acredite la comisión de actos de significación política por el Guardia Civil.

Consideramos que la actuación de los responsables de la Guardia Civil en la Comandancia de Cádiz, en este asunto ha sido injusta, pues emitió parte disciplinario contra el compañero estimando que había cometido dos faltas disciplinarias, una grave y otra muy grave, siendo desestimada tanto la imputación por la falta grave, desde la resolución inicial de la Dirección General de la Guardia Civil, como la comisión de la falta muy grave, de tan nefastas consecuencias para el compañero, posteriormente, en la Resolución del Ministerio de Defensa; entendemos que no se ha sido justo al igual que con  algunos agentes destinados en diferentes unidades de la Sierra de Cádiz,  como por ejemplo en los casos de compañeros que han pasado a retiro por perdida de aptitudes psicofísicas tras diferentes procedimientos disciplinarios que se han resuelto favorablemente para nuestros compañeros, con posterioridad a su retiro.

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