Permiso de lactancia: un derecho al que aún se resisten algunos mandos

Permiso de lactancia: un derecho al que aún se resisten algunos mandos

por Ildefonso Garcia Ruiz

El permiso de lactancia es un derecho para los trabajadores de la Guardia Civil
El permiso de lactancia es un derecho para los trabajadores de la Guardia Civil

El permiso de lactancia es un derecho antiguo plenamente consolidado. Sin embargo, en la Guardia Civil todavía existen algunos mandos (y la propia Dirección General) que miran hacia otro lado mientras esto ocurre, que se resisten a reconocerlo y, de modo sistemático, lo deniegan a los guardias civiles o imponen restricciones luego anuladas por los tribunales.

Uno de los últimos casos a los que se han enfrentado los servicios jurídicos de AUGC fue el de un agente de Ceuta que tuvo que acudir a los tribunales para que se le reconociese el derecho a disfrutar del permiso de lactancia acumulado (este derecho corresponde tanto a hombres como a mujeres) dentro del periodo de doce meses (del menor) que fija la norma, la cual no recoge limitación alguna sobre si aquél debe disfrutarse precisamente al finalizar el permiso de maternidad de la madre (limitación que ha fijado la Guardia Civil contra el criterio de los tribunales de justicia).

En este caso no estamos hablando de una primera sentencia, sino que ya han sido numerosos los pronunciamientos judiciales en el mismo sentido. Como en otras ocasiones, no será el mando que denegó el derecho quien tendrá que hacer frente a la indemnización de 1.347’75 euros que deberá pagar la Guardia Civil al agente, así que nuevamente deberán ser  los ciudadanos quienes hagan frente a la denegación injustificada y sin atender sentencias previas que se resiste a aplicar la Guardia Civil, alegando que las sentencias son individuales y no generan un derecho colectivo.

Y es que, en tema de lactancias, la Guardia Civil ya lleva abonadas importantes cantidades económicas ya no solo en indemnizaciones, sino también en condena en costas, pero esto no parece importar a la DGGC, pues lo que gasta por un lado se lo ahorra en todos aquellos compañeros a quienes privan de sus derechos y que no recurren ante los tribunales.

Eso es lo que ocurrió ya en su momento con el número de días a los que se tiene derecho en la lactancia acumulada y donde, mientras en toda la Administración se concedían 28 días de permiso acumulado por lactancia, en la Guardia Civil nos concedían menos días aplicando una fórmula que no superaría un curso de matemáticas de EGB.  Y es que la Guardia Civil sumaba manzanas y, de resultado, le daba peras.
En este caso, nuevamente, los servicios jurídicos de AUGC consiguieron diversas sentencias favorables que terminaron por echar por tierra sus políticas de restar derechos a los guardias civiles con la excusa de que pocos acuden finalmente a los tribunales.
Esperemos que, de una vez por todas, y tras la elevada indemnización a la que ha tenido que hacer frente la DGGC, se termine con esta clase de perjuicios hacia el permiso por lactancia y se impartan unas instrucciones para obligado cumplimento de toda la cadena de mando responsable de conceder estos permisos.

 

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