Resumen del Grupo de Trabajo de Incompatibilidades en la Guardia Civil: nuevo recorte de derechos para los trabajadores

Las limitaciones que pretenden aplicar a la compatibilidad con otras actividades profesionales resultan abusivas.

por Ildefonso Garcia Ruiz

La regulación que pretende imponerse imposibilitaría casi por completo el ejercicio de cualquier otra profesión u oficio a los guardias civiles.
La regulación que pretende imponerse imposibilitaría casi por completo el ejercicio de cualquier otra profesión u oficio a los guardias civiles.

En un alarde de totalitarismo, lejos de reconocer la necesidad de normalización de los derechos sociolaborales de los guardias civiles, la Dirección General prefiere ahondar aún más en la discriminación de sus trabajadores.

Es la triste evidencia con la que nos hemos topado hoy, día 25 de abril de 2019, tras la celebración del primer Grupo de Trabajo sobre la regulación de las incompatibilidades en la Guardia Civil.

Y es que, tras una primera exposición por parte del Presidente del Grupo de Trabajo, sobre los antecedentes y la estructura del borrador de RD de incompatibilidades, solo podemos decir que los guardias civiles van a recibir de la Dirección General otro recorte de derechos, en este caso tasado en la imposibilidad práctica de compatibilizar un segundo trabajo, junto al desarrollado en la propia Guardia Civil.

Un veto en la práctica, dado que existen varios artículos y disposiciones en el borrador del RD que van a hacer prácticamente imposible mantener una compatibilidad en la Guardia Civil con otra actividad profesional.

De entre todas las cláusulas limitadoras de este derecho, la que más lo dificulta es la que impide que esa segunda actividad se desarrolle durante el descanso diario. Es decir, si un agente acaba su turno a mediodía, deberá consagrar su mente y cuerpo a la Benemérita durante las horas que le separan del siguiente servicio. Podrá ejercitarse en gimnasio, templar sus músculos, o dedicarse a la meditación, pero nunca llevar a cabo labor alguna que le reporte un ingreso profesional.

Por si esta restricción no fuera suficiente, la Dirección General impone ahora también que para el reconocimiento de actividades privadas sea necesario aportar contrato de trabajo, alta en seguridad social, y cumplir las limitaciones en cuanto a no superar el 30 % de las retribuciones básicas, excluida la antigüedad, en concepto de CES.

Y para el caso de que, después de esto, todavía quedase algún guardia civil con ganas de ejercer otra profesión u oficio, la Dirección General le advierte de que no se le ocurra enfermar o lesionarse, ya que a cualquier agente que pase a incapacidad temporal (baja médica) se le suspende el reconocimiento de compatibilidad durante el tiempo que dure ésta.

A nadie se le escapa que estas condiciones finales no le son de aplicación a ningún colectivo de trabajadores públicos (funcionarios AGE, Fuerzas Armadas, Policía Nacional), y por lo tanto han de ser tenidas como nuevos recortes en el derecho de los guardias civiles a poder compatibilizar su trabajo como guardias civiles con otra actividad, tal y como se le permite al resto de funcionarios.

Otra cuestión a tener en cuenta, es que se pretende revisar todas las compatibilidades concedidas hasta la fecha, a fin de que cumplan los requisitos enunciados. Esto provocará que compatibilidades concedidas en la actualidad no lo sean con la nueva normativa, más restrictiva.

En otro orden de cosas, y hasta recibir el borrador, informar que la norma constaría de 4 Capítulos,  17 artículos, 2 Disposiciones Adicionales, 2 Disposiciones Transitorias y 5 Disposiciones Finales.

Como última cuestión, informar que se pretende que esta norma pase al Consejo a celebrar en el mes de junio.

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