Resumen Grupo de Trabajo sobre residencia, desplazamiento y localización

Resumen Grupo de Trabajo sobre residencia, desplazamiento y localización

Comunicado residencia, desplazamiento y localización.

En la mañana de hoy se ha celebrado en la sede de la Dirección General tercera reunión del grupo de trabajo para la elaboración de la Orden Ministerial de residencia, desplazamiento y localización del personal de la Guardia Civil.

La postura de AUGC desde el primer grupo de trabajo no ha cambiado. Consideramos que es una norma tan innecesaria, porque ni los Guardias Civiles la reclaman ni la Institución la necesita para asegurar el cumplimiento de funciones encomendadas a la Guardia Civil, como perjudicial para los derechos de los y las guardias civiles.

La Dirección General de la Guardia Civil pretende regular derechos fundamentales recogidos en la Constitución Española, como el de residencia:

____________________________________

Artículo 19 CE

Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.

Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.

__________________________________

 Y pretenden limitar derechos fundamentales a los guardias civiles mediante una Orden Ministerial que fiscaliza, a priori, la posibilidad de cumplir con las obligaciones  profesionales inherentes a la condición de guardia civil, es decir, será la escala de mando quien valore si un guardia civil puede residir en una localidad u otra, y todo ello mediante la valoración subjetiva del propio mando si, el guardia civil, podrá o no cumplir sus obligaciones.

Ya existen en la Guardia Civil normas suficientes para asegurar y controlar las obligaciones profesionales de sus miembros, como para no utilizar la aprobación de normas para restringir derechos que se vienen ejerciendo sin ningún tipo de incidencia ni repercusión en el servicio.

En cuanto al cambio de residencia por bajas médicas esta norma empeora, no ya la situación actual, sino la anterior, aumentando plazos (que han sido acortados en este nuevo borrador ciertamente) para la autorización que harán que compañeros en situaciones medicas complicadas sobrevenidas que se encuentren solos en su lugar de residencia o con hijos menores o familiares a cargo que no puedan atender y tengan que esperar la resolución, con informes médicos preceptivos de  por medio, que puede tardar hasta tres semanas en producirse cuando con la actual normativa se reduce a tres días.

Nos parece increíble, que hace 13 años el entonces Director General de la Guardia Civil, Santiago López Valdivielso, dictó una norma pionera que reconocía derechos a los guardias civiles y ahora, nuestro actual director, Arsenio Fernández de Mesa, que también nos defiende “cuando tiene un micrófono delante”, pretende recortar éstos derechos.

Por tanto, desde AUGC consideramos que el único control sobre las bajas médicas y sobre el lugar donde debe residir un agente enfermo debe ser realizado por los servicios médicos y no estar sujeto a la cadena de mando que difícilmente puede valorar la influencia en la evolución de una enfermedad según el lugar donde resida.

AUGC lleva diciéndolo desde el primer día: de llegar a publicarse este borrador, recurriremos ante los Tribunales de Justicia y esperamos no ser la única asociación profesional que la recurra.

JUNTA DIRECTIVA NACIONAL

ASOCIACIÓN UNIFICADA DE GUARDIAS CIVILES.-

 

 

 

ARCHIVADO EN: