Comisión de normativa: La DGGC presenta sus Proyectos normativos y AUGC recurrirá algunos ante los tribunales si no hay modificaciones

Ayer se celebró la Comisión permanente de normativa y del estatuto profesional del Consejo de la Guardia Civil. AUGC insiste en mejoras y recurriremos algunos Proyectos ante los tribunales si se tramitan como en su presentación

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AUGC espera la modificación de seis Proyectos normativos de un total de ocho. En los dos restantes expresamos nuestro apoyo al haberse tenido en consideración nuestras alegaciones.

Durante el día de ayer la Dirección General de la Guardia Civil informó sobre una serie de Proyectos normativos. A continuación presentamos las normas y expresamos nuestra postura:

  • Proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el Real Decreto 950/2005, de 29 de julio, de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Cambio normativo impulsado por la DGGC ad hoc para modificar el nivel del complemento de destino de los capitanes de la Guardia Civil, elevándolo al que ostentan los capitanes de las Fuerzas Armadas, pasando así del nivel de complemento 25 al 26.

La crítica a esta norma no deriva del aumento de dicho nivel de complemento, sino de la forma en la que se realiza, perdiendo la oportunidad de analizar y realizar otros cambios en otras escalas y empleos. Existen agravios salariales en otros empleos que no son tenidos ni siquiera en cuenta, y sin embargo no existe problema alguno en arreglar lo referido a un empleo concreto. AUGC ha insistido en avances para lograr una Guardia Civil donde se tengan en cuenta las necesidades de todas las escalas y empleos, y no priorizar los beneficios siempre en las escalas de nivel superior.

  • Proyecto de Real Decreto, de modificación del Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de Guardia Civil y de situaciones administrativas del personal de la Guardia Civil, aprobado por Real Decreto 728/2017, de 21 de julio.

Se modifica el art. 47, entre otros, que regula la solicitud de la continuidad en activo al llegar a la edad de pase a reserva, estableciendo que, para acreditar la aptitud psicofísica, el interesado será sometido a reconocimiento médico y a pruebas psicológicas. Dicho reconocimiento médico incluirá la revisión de la capacidad física general, aparato locomotor, visión y audición, abriendo la puerta a que se utilicen los mismos análisis médicos que se realizan todos los años en el plan de vigilancia de la salud, descargando a los servicios médicos del Cuerpo.

La solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de tres meses a la fecha indicada de pase a reserva, y, en todo caso, antes del 31 de enero del año de comienzo del ciclo de ascensos que abarque la fecha de pase a reserva (Esto último no se aplicará a los miembros de la Escala de Cabos y Guardias).

AUGC ha insistido en la inclusión de una disposición transitoria que permita el reingreso en el Cuerpo de los Guardias Civiles que abrieron el camino al reconocimiento del derecho de asociación profesional.

  • Proyecto de Orden Ministerial por el que se desarrolla el Real Decreto por el que se desarrollan los derechos de las asociaciones profesionales de guardias civiles, de sus representantes y de los miembros del Consejo de la Guardia Civil, elegidos en representación de los miembros del Cuerpo.

Esta OM desarrolla el Real Decreto 175/2022, de 4 de marzo, por el que se desarrollan los derechos de las asociaciones profesionales de Guardias Civiles, de sus Representantes y de los miembros del Consejo de la Guardia Civil elegidos en representación de los miembros del Cuerpo, publicado el sábado día 5 de marzo.

Es una de las herramientas fundamentales para realizar el trabajo asociativo y poder velar por los intereses socioprofesionales de los Guardias Civiles. Por ello, era necesario avanzar hacia una expansión de los derechos reconocidos actualmente, facilitando el trabajo de los vocales del Consejo de la Guardia Civil y de los representantes de las Asociaciones Profesionales. Nada de ello ha sucedido, si no más bien todo lo contrario.

Esta norma no satisface ni siquiera minimamente las aspiraciones de nuestra Asociación, haciendo difícil y complicado seguir con la labor asociativa. Ello nos lleva a plantearnos si el actual marco de relaciones entre la DGGC y los representantes de los Guardias Civiles, basado en el asociacionismo, es el marco adecuado. La respuesta no puede ser más que negativa. Por tanto, creemos firmemente que el marco adecuado no es otro que la implementación en la Guardia Civil del derecho de sindicación responsable, la posibilidad de creación de organizaciones sindicales idénticas a las que cuentan todos los Cuerpos Policiales.

  • Proyecto de Orden PCM, por la que se aprueban las normas de uniformidad de la Guardia Civil.

Han incluido un nuevo punto en el uniforme de servicio que indica: “4. El uso individual de sus distintas modalidades será optativo, siempre que no se ordene otra modalidad diferente, o se preste servicio de manera conjunta en los que se mantendrá la misma modalidad durante el servicio.”

Esto supone un retroceso. Con esta norma, como hace años, el General de la Zona podrá establecer la fecha en la que se puede poner la modalidad de manga corta o la modalidad de manga larga, de tal modo que, como antaño, nos podremos encontrar a 20 en una Unidad y a 10 en otra de la misma Zona, pero teniendo que vestir la misma uniformidad (sin obviar los amplios márgenes de cambio de temperaturas de la mañana a la tarde). La actual regulación se ha mostrado eficaz y más razonable, no tiene sentido retroceder en esto.

  • Proyecto de orden ministerial, por la que se establece las medidas específicas preventivas a adoptar ante determinadas conductas que afecten al personal de la Guardia Civil y sus criterios de adopción.

Estamos ante una norma que deja la puerta abierta a ejecutar medidas específicas contenidas en el art. 7 por la simple comisión de una denuncia de tráfico por parte de un Guardia Civil (infracción administrativa). Y ello por que esta norma va a regular las acciones contrarias al Código de Conducta del personal de la Guardia Civil y la comisión de infracciones administrativas lo son.

La DGGC no se conforma con los códigos deontológicos aplicables a todos los funcionarios, ni con los códigos deontológicos aplicables a las policías. Quiere “super policías”, “super militares” y “super ciudadanos”. De conducta intachable; dotados de una moral, una ética y una estética muy por encima de la exigible al ciudadano medio. Por supuesto, esto es un pensamiento muy peligroso. AUGC recurrirá esta norma en los tribunales si finalmente se tramita en el sentido que ha sido presentada.

  • Proyecto de orden general, por la que se modifica la Orden General número 12, de 16 de agosto de 2021, sobre provisión de destinos por concurso de méritos en la Guardia Civil.

Sin perjuicio de que no se nos presentan las fichas finalizadas en esta Comisión de Normativa, no por ello dejamos de ver el trabajo realizado y las explicaciones desarrolladas en los diferentes grupos de trabajo, las cuales calificamos como positivas, dando por ello nuestro voto a favor de la tramitación de esta norma.

  • Proyecto de orden general, por la que se modifica la Orden General número 15/2021 de 9 de septiembre, por la que se regula la especialidad de información y la estructura, organización y funciones de la Jefatura de Información de la Guardia Civil, la Orden General número 18/2021, de 9 de septiembre, por la que se regula la especialidad de automovilismo y la estructura, organización y funciones del Servicio de Material Móvil de la Guardia Civil y la Orden General número 19/2021 de 09 de septiembre, por la que se regula la especialidad cinológica y la estructura, organización y funciones del Servicio Cinológico y Remonta de la Guardia Civil.

Al igual que la norma anterior, nuestro voto es a favor de la tramitación de estas tres Ordenes Generales, ya que se han asumido la mayoría de las alegaciones presentadas por AUGC.

  • Instrucción de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se dan instrucciones para la concesión del permiso por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción y lactancia en el caso de familias monoparentales.

Esta Instrucción regula y homologa los permisos indicados para el caso de familias monoparentales.

AUGC consideró que aún no está regulado en nuestra OG de vacaciones. A las familias monoparentales de la Guardia Civil les debía ser de aplicación lo que ya ocurría en las familias monoparentales de trabajadores por cuenta ajena, donde resoluciones judiciales determinaron que se conculcaba el derecho de igualdad consagrado en la Convención sobre los derechos del niño, al no disponer las familias monoparentales de la posibilidad de disfrutar de la totalidad del permiso por nacimiento correspondiente al otro progenitor, tal y como sucedía en las familias con dos progenitores. Lo mismo ocurre con el permiso de lactancia en jornadas continuadas.

La valoración de esta norma en su conjunto es positiva, si bien no estamos de acuerdo en la forma en que se ha realizado el cálculo final del permiso de lactancia en caso de familia monoparental. Para AUGC debería ser la suma de 28 días por cada progenitor (al igual que ocurre con el permiso de paternidad) y para la administración la duración es de 31 días en total. Indudablemente serán los tribunales de nuevo los que establezcan la duración de este derecho.