Una sentencia reconoce el derecho a disfrutar de sus vacaciones pendientes del año anterior a un agente que había estado de baja

Nos encontramos, por tanto, ante un nuevo abuso contra un trabajador por parte de sus mandos, una circunstancia que, además del perjuicio causado contra éste, supone, una vez más, un coste para todos los ciudadanos, el que se deriva de otra resolución judicial perdida por parte de la Administración.

Alava

La justicia vuelve a poner remedio a un caso de abuso contra un guardia civil.

AUGC ha obtenido un nuevo triunfo judicial en la defensa de los derechos de los guardias civiles. En este caso ha sido el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Vitoria el que ha fallado a favor del trabajador, al que previamente una resolución del Teniente Coronel Jefe de la Comandancia de Álava había negado el disfrute en 2017 de 21 días de vacaciones que se le habían quedado pendiente del año anterior, al haber estado de baja médica a causa de un accidente ocurrido durante el servicio, en vehículo oficial, desde el 3 de marzo hasta el 16 de septiembre de 2016, pudiendo únicamente tomarse de vacaciones 14 días desde el 28 de noviembre al 19 de diciembre.

La denegación se había apoyado en que no habían existido necesidades de servicio excepcionales que justificasen la imposibilidad de hacer uso de esos días de vacaciones. Sin embargo, el demandante alegaba que cuando se reincorporó al trabajo ya estaba fuera de plazo para solicitar vacaciones en el siguiente mes, y  que, en todo caso, el 11 de octubre al marcharse tres componentes de su unidad, el cupo quedó reducido a dos componentes por turno, con lo cual tampoco se le habrían concedido tales días. En cuanto a noviembre, uno de los componentes se encontraba de permiso y otro de asuntos propios, con lo que tampoco hubiera podido disfrutar de esos días de vacaciones pendientes.

Ahora el tribunal estima el recurso interpuesto por los servicios jurídicos de AUGC en representación del guardia civil demandante y condena a la Administración a reconocer su derecho a disfrutar de los 21 días de vacaciones correspondientes al año 2016 que no pudo disfrutar. Todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Nos encontramos, por tanto, ante un nuevo abuso contra un trabajador por parte de sus mandos, una circunstancia que, además del perjuicio causado contra éste, supone, una vez más, un coste para todos los ciudadanos, el que se deriva de otra resolución judicial perdida por parte de la Administración.