AUGC demanda ante la Dirección General la mejora de las condiciones profesionales y sociales de los guardias civiles en Cataluña

Los guardias civiles desplazados, así como los allí destinados y que forman parte del operativo en Cataluña, han visto como se les anulaba su jornada laboral y los incentivos económicos por tal concepto.

Tarragona

Un vehículo de la Guardia Civil ante un grupo de independentistas.

Los guardias civiles participantes en el operativo de Cataluña tenían conocimiento mediante una Instrucción del propio Director General de la Guardia Civil que dejaban de estar al amparo de la Orden General número 11, dada en Madrid a 23 de diciembre de 2014, por la que se determinan los regímenes de prestación del servicio, y la jornada y horario del personal de la Guardia Civil. La propia Instrucción especifica que se establecerán las compensaciones económicas oportunas con la finalidad de gratificar las vicisitudes derivadas de este servicio, sin embargo hasta la fecha no se ha producido ningún anuncio oficial informando de esas cuantías.

Por otro lado, el personal destinado en la Comunidad Autónoma de Cataluña realizará una jornada laboral de 40 horas semanales.

Las consecuencias básicas de esta orden, así como las condiciones de manutención y alojamiento que han de soportar los guardias civiles, son las siguientes:

1.- A diferencia de los integrantes de la Policía Nacional implicados en el operativo, los cuales prestan servicio, sujetos a su régimen de jornada laboral ordinaria, a los guardias civiles se les ha impuesto una prestación excepcional, por encima de lo establecido en la Orden General número 11/2014. Esto supone un agravio comparativo que no debe producirse entre cuerpos de seguridad estatales que prestan el mismo servicio y dependen del mismo Ministerio del Interior.

Como cabe entender, los efectos negativos de no la aplicación del régimen general de prestación de servicio a estos guardias civiles supone un sacrificio y sobreesfuerzo formidable como aguantar jornadas de servicio de hasta 70 horas a la semana, falta de descanso adecuado entre servicios, anulación del descanso semanal, supresión de los permisos y vacaciones etc. Todo ello, hasta la fecha, sin haberse previsto ningún tipo de compensación alternativa ya que estos integrantes del Cuerpo han quedado excluidos de los incentivos al rendimiento previstos en la Orden General 12 de 2014.

2.- Los guardias civiles están viéndose obligados a tener que realizar el desembolso económico de sus propios bolsillos para abonar las facturas de comida y alojamiento en Cataluña, pues estas facturas no están siendo adelantadas por la Dirección General de la Guardia Civil.

3.- Las condiciones de alojamiento son desiguales. En esto vuelven a llevarse la peor parte los guardias civiles, ya que muchos se encuentran ubicados en residencias militares cuyas condiciones son en general, peores y más incómodas que en hoteles. Por tanto AUGC ha solicitado que los guardias civiles sean reubicados en hoteles de la misma categoría que el resto de integrantes desplazados.

Nos vemos obligados a manifestar que se vuelven a cometer los mismos errores de planificación del pasado, pues hay que tener en cuenta que se conocía con cierta previsión la fecha aproximada de la sentencia del Tribunal Supremo, sin embargo, a los guardias civiles se les comunica la comisión solo a tres días de la misma, con los consiguientes perjuicios para su conciliación laboral y familiar.

Tras comprobar el impacto de esta y otras circunstancias relacionados con los guardias civiles afectados por el mencionado operativo, la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) ha hecho llegar al director del Cuerpo las siguiente propuesta para mejora de las condiciones profesionales y sociales de los guardias civiles desplegados en Cataluña:

1.- Hasta tanto no se fije una cuantía de diario en concepto de compensación económica, que los guardias civiles desplazados a Cataluña, vuelvan al régimen general de prestación de servicio establecido en la Orden General 11 de 2014.

Se solicita, en consecuencia, que los guardias civiles realicen la jornada ordinaria de 37,5 horas semanales. Y cuando las necesidades de servicio obliguen a aumentar su horario laboral, el mismo sea compensada en igual cuantía que se hará para los policías nacionales.

2.- Que se fijen las fechas de inicio y fin de las comisiones de servicio y que se establezca un límite temporal para las mismas, que debieran ser como máximo de cuatro semanas (28 días).

3.- Que haya unidad de criterio en cuanto al abono de las dietas a los GRS y que se adelanten las dietas de manutención a todos los guardias civiles comisionados en Cataluña al inicio de la Comisión y por un periodo de 4 semanas (28 días).

4.- La Dirección General de la Guardia Civil debe impartir instrucciones para que sean las propias cajas pagadoras de las unidades afectadas las encargadas de abonar directamente las facturas de alojamiento de los hoteles en los que se hospeden.

5.- Hasta tanto no haya disponibilidad en hoteles, que se mejoren las condiciones de alojamiento en las residencias. A modo de ejemplo, se señala que los pabellones habilitados para personal desplazado en la comandancia de Barcelona (San Andrés de la Barca), pese a que se dispusieron y son utilizados desde hace dos años, a día de hoy carecen de las mínimas condiciones como puede ser mobiliario y electrodomésticos de cocina.

Pronto sabremos si estas demandas serán tenidas en cuenta para dar un trato digno e igualitario a los guardias civiles, quienes cada día dan muestras de una alta profesionalidad y buena actuación pero ven como sus necesidades son obviadas y no tenidas en cuenta.

 

ARCHIVADO EN: