Los servicios jurídicos de AUGC en Santa Cruz de Tenerife logran que un guardia civil sea indemnizado con 17.300 euros por la administración

Los servicios jurídicos de AUGC en Santa Cruz de Tenerife logran que un guardia civil destinado en el Destacamento del SEPRONA de la isla de La Palma sea indemnizado con 17.300 euros por la administración tras haberse declarado insolvente su agresor

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Nueva sentencia favorable para AUGC

En AUGC (Asociación Unificada de Guardias Civiles) en su delegación de Santa Cruz de Tenerife estamos de enhorabuena por una nueva sentencia dictada a favor de nuestros afiliados, que se suma a los logros obtenidos en los tribunales por nuestros servicios jurídicos en favor de dos guardias civiles en el último año.

En concreto en este caso la Letrada de AUGC en Santa Cruz de Tenerife, Dña. Begoña Fleitas, ha obtenido que se estime la petición indemnizatoria de 17.300 euros a consecuencia de las lesiones sufridas y secuelas resultante en acto de servicio, derivada de un Expediente Administrativo de Resarcimiento, tras haber sido condenado judicialmente al pago en concepto de indemnización por responsabilidad civil el responsable, una vez que se hubo declarado insolvente.

En este caso, el guardia civil será compensado en concepto de indemnización a consecuencia de lesiones sufridas y secuelas en acto de servicio, cuyo responsable fue condenado judicialmente mediante sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Número 7 de Santa Cruz de la Palma, al pago de 17.300 euros al compañero por responsabilidad civil, al quedar que probado que el acusado cuando fue requerido para que se identificara y mostrara sus pertenencias por el guardia civil ahora resarcido y su compañera de servicio, comisionados para acudir a la localidad de Puerto Naos como consecuencia de una llamada vecinal, agredió a los guardias civiles en su intento de huida con ánimo de menoscabar su integridad física y desatender el principio de autoridad.

Como consecuencia de la agresión el guardia civil sufrió lesiones en una mano que precisaron de tratamiento rehabilitador y traumatológico que tardó 190 días en estabilizarse, de los cuales 169 días conllevaron una pérdida temporal de su calidad de vida de carácter moderado, dejándole posteriormente un secuelas en la muñeca derecha con importante limitación de la extensión y flexión de la muñeca.

Como quiera que posteriormente y dentro del procedimiento de Ejecutoria Penal el órgano sentenciador declaró insolvente al condenado responsable del abono de la responsabilidad civil, la indemnización económica fue solicitada por la cantidad concreta fijada en la sentencia condenatoria, invocando al efecto el derecho a ser resarcido en base al Real Decreto 485/80, de 22 de febrero y disposiciones concordantes de la Orden General de la guardias civiles 4/98, de 18 de febrero, por los que se regulan el procedimiento a seguir en los expedientes para la declaración de responsabilidad administrativa y esarcimiento por los daños a los bienes de los miembros de la Guardia Civil.

Los miembros de la delegación AUGC de Santa Cruz de Tenerife, queremos mostrar nuestra satisfacción por la sentencia impuesta y la resolución del expediente de resarcimiento a favor del afiliado de AUGC, cuyo fallo viene a ratificar nuestro parecer de que cualquier agresión a los guardias civiles no debe quedar impune.

Por otro lado también animamos a realizar este tipo de peticiones y aquellas otras del mismo tenor, en las que se interese el reconocimiento del derecho a ser indemnizado por lesiones personales causadas al agente, en acto de servicio, cuando el condenado al pago resulte insolvente.

Felicitar también a nuestros servicios jurídicos, liderados por la letrada de la Delegación de AUGC de Santa Cruz de Tenerife Dña. Begoña Fleitas, y a nuestros afiliados por este nuevo logro que vuelve a dejar patente la importancia de estar más protegidos y representados en los distintos procedimientos cuando comparecen como acusación particular, con su propio abogado y procurador facilitado por AUGC, para que sus agresores reciban el máximo castigo posible y para que se les indemnice en la cantidad justa yadecuada por las lesiones que han padecido durante el ejercicio de sus funciones cuyo agresor ha sido declarado posteriormente insolvente, sin haber hecho frente al pago del total de la reparación económica impuesta.