Anulada una sanción de reprensión por la falta leve de «desconsideración o incorrección con los superiores»

El guardia civil fue sancionado por el Cabo 1º Jefe de Área al transmitirle la excesiva carga de trabajo en su puesto

Mazo de autoridad judicial.
Mazo de autoridad judicial.

El guardia civil afectado que desarrollaba las funciones de violencia de género en un Puesto Principal de la Comandancia de Valencia, con una excesiva carga de trabajo en dicho ámbito, decidió trasladar mediante una entrevista al Cabo 1º Jefe de Área, la situación que le impedía llevar a cabo con puntualidad todas las tareas asignadas. La reunión acarreó tal tensión que terminó por elevar un parte disciplinario por supuesta «desconsideración o incorrección con los superiores» y, tras la tramitación del oportuno expediente disciplinario, al agente le fue impuesta la sanción de reprensión.

Más tarde, se interpuso recurso de alzada ante el General Jefe de la Zona, que consideró que los hechos carecen de la entidad suficiente para ser sancionada, siquiera como falta leve.

Además, en el informe de la Asesoría Jurídica que sirve de fundamento a la resolución se indica que de la lectura del parte elevado se desprende una «mala relación de fondo entre ambos componentes», lo que hace surgir la duda razonable respecto a la exactitud de dicho parte.

Por otro lado, la manifestación del testigo de los hechos resulta clave por cuanto —pese a la afirmación en el parte de que el Guardia Civil sancionado se había dirigido a su superior de forma alterada y en voz alta— el mismo (que se encontraba en una dependencia contigua y con la puerta abierta) afirma no haber escuchado más que una «conversación indistinguible en voz baja».

La resolución, por lo tanto, estima el recurso y anula la sanción impuesta, pese a considerar acreditado que el guardia civil sancionado dio dos portazos fruto del disgusto tras la entrevista, si bien entiende que tal incidente puede ser corregido perfectamente mediante la amonestación verbal, afirmación con la que coincidimos plenamente, pues obviamente la disciplina es uno de los principios consustanciales a toda organización jerarquizada, pero también es inherente a esta el uso razonado de la corrección, ya que el régimen disciplinario no es el respaldo para que ejerza la autoridad aquel que no la tiene entre sus virtudes.

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