La Guardia Civil retiene en Cataluña a los agentes que debían incorporarse a nuevos destinos en otras comunidades

La Guardia Civil retiene en Cataluña a los agentes que debían incorporarse a nuevos destinos en otras comunidades

Un guardia civil junto a un mosso.
Un guardia civil junto a un mosso.

El director general de la Guardia Civil ha aprobado una comisión de servicio no indemnizable, desde el 11 de septiembre hasta mediados de octubre, para el personal destinado hasta ahora en Cataluña que tenía previsto iniciar el citado día 11 el permiso de incorporación hacia sus nuevos destinos fuera de esta comunidad. En total, esta medida afecta a aproximadamente doscientos guardias civiles.

La orden, de la que AUGC ha tenido hoy conocimiento a través de un correo electrónico, se le ha comunicado por lo tanto a los afectados con sólo cinco días de antelación respecto al inicio del permiso de incorporación, demostrando con ello un absoluto desprecio hacia ellos y sus familias y una absoluta y radical falta de previsión, que afecta a derechos fundamentales y derechos profesionales de todos los que se encuentran en esa situación.

Si bien en el correo no se especifican los motivos de esta decisión, resulta evidente que, afectando únicamente al personal destinado en Cataluña, el motivo que origina tal proceder sólo puede estar motivado por el posible pseudo referéndum independentista previsto para el 1 de octubre, algo plenamente conocido desde hace tiempo. Por lo tanto, ¿cómo es posible que se informe al personal afectado tan sólo con cinco días de antelación? ¿Tan poco importa la vida personal/familiar de los agentes y sus familias?

Esta decisión no hace más que demostrar lo que AUGC lleva tiempo denunciando, la falta de respeto y el maltrato hacia los trabajadores de la Guardia Civil,  sin derecho a vida personal y familiar.

Cabe reseñar que buena parte de esos guardias civiles que ahora deberán permanecer en Cataluña hasta mediados de octubre ya habían informado a los propietarios de las viviendas de alquiler que dejaban las mismas o, incluso, aprovechando sus vacaciones, ya habían vaciado la vivienda a finales de agosto para no tener que pagar el alquiler del mes de septiembre.

¿Cómo pretenden ahora que se alojen durante su retención en el destino si no se les abona indemnización por la comisión de servicio? ¿Cómo pretenden que busquen alquiler con sólo cinco días de antelación y para un solo mes de duración?

En la misma situación se encuentran aquellos compañeros que han desalojado ya su pabellón aprovechando las vacaciones, ahora se encuentran con que no tienen vivienda y que la Administración, única responsable de no avisar con antelación, les obliga a permanecer en la unidad sin pagarles alojamiento.

Hablamos, además, de familias que ya tenían previsto trasladarse al domicilio de su nuevo destino, con matriculaciones en colegios, nuevos contratos de alquiler, etcétera, y que deberán  mantener durante ese mes no previsto dos domicilios y obligará a estas familias a realizar la mudanza y todos los trámites del nuevo alojamiento (alta de luz, agua, etc…), sin contar con el o la guardia civil retenido cuando, de haber avisado con antelación (como ocurriría si les preocupase algo la vida y derechos de todos los guardias civiles), retendrían un mes más el traslado.

Por todo ello, AUGC ha remitido un escrito a la Dirección General de la Guardia Civil en el que pide que se adopten medidas urgentes que solucionen la problemática de los compañeros y se recalifique la comisión de servicio como indemnizable, así como que se adopten las medidas legales oportunas para analizar si la falta de previsión a la que se ha hecho mención, puede merecer algún tipo de reproche jurídico.

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