La falta de medios, el Código Penal Militar y la persecución a AUGC, el cóctel que puede llevar a una guardia civil a prisión

La falta de medios, el Código Penal Militar y la persecución a AUGC, el cóctel que puede llevar a una guardia civil a prisión

por Ildefonso Garcia Ruiz

Las mujeres siguen siendo minoría en la Guardia Civil.
Las mujeres siguen siendo minoría en la Guardia Civil.

El pasado lunes, AUGC daba a conocer el caso de una guardia civil, y representante de AUGC, destinada en la provincia de Salamanca que se encuentra de baja psicológica y a la espera de apertura de la instrucción de un delito militar por insubordinación, como consecuencia de la aplicación del Código Penal Militar en la Guardia Civil.

Su ‘delito’ no ha sido otro que el de optar en un control policial por vestir su chaleco antibalas propio, adquirido por ella misma por unos 500 euros, y que lleva usando sin problemas desde hace años, frente al oficial, una prenda de uso masculino que debido a su excesivo tamaño le impedía el acceso a su arma reglamentaria y a los grilletes.

Pese a esta circunstancia, el oficial al mando la exigió el uso del chaleco masculino. A pesar de esto, la agente, ante el riesgo para su seguridad, optó por hacer uso del suyo particular, que era de su talla y le permitía acceder a los elementos de seguridad referidos. El resultado de su decisión, por otro lado totalmente coherente con el desempeño de su labor, ha tenido como resultado la propuesta de instrucción de un delito militar por insubordinación. 

Esto supone que esta agente puede acabar en una prisión militar, como consecuencia de la desmedida aplicación del Código Penal Militar, un anacronismo sin sentido en tiempos de paz y en el desempeño de labores policiales.

Es decir, que una simple diferencia de criterio entre una trabajadora y un superior puede desembocar en varios meses de prisión para la primera, una madre con dos hijos con un expediente laboral sin tacha. A este “vía crucis” por el que ha de pasar la agente sancionada y de baja psicológica, se le suma el hecho de tener que defenderse de una nota publica realizada por otra asociación profesional de la Guardia Civil, que sin reprochar la utilización del Código Penal Militar en funciones policiales se empeña en defender lo indefendible con argumentos que tan solo pretender desviar la atención y faltos de rigor.

Se da, además, la circunstancia, de que esta compañera es representante de AUGC en la delegación de Salamanca, hecho que a buen seguro no resulta irrelevante en el ensañamiento con el que el oficial ha reaccionado ante la decisión de su subordinada.

Este caso, cuyas consecuencias pueden resultar especialmente dramáticas para esta guardia civil, no constituye sino una muestra más de la falta de derechos que padecen los trabajadores del Cuerpo, que no sólo deben trabajar con una alarmante carencia de medios, entre ellos de chalecos antibalas individuales, sino que además están sujetos a la arbitrariedad de los mandos, que cuentan con la abusiva amenaza de un Código Penal Militar impropio de un Estado de Derecho para sojuzgar cualquier discrepancia.

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