La demanda de AUGC contra la Orden General que regula los incentivos al rendimiento pone en jaque el sistema establecido

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha resuelto desestimar el recurso presentado contra el rango de la normativa sobre productividad, pero expone que la materia “presenta o puede presentar serias dudas en Derecho” e insta a un pronunciamiento definitivo del Tribunal Supremo

Extracto del fallo de la sentencia.
Extracto del fallo de la sentencia.

Los incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil se encuentran regulados en la Orden General nº 4, de 12 de febrero de 2021, de la Dirección General. Abarca aspectos sustanciales que afectan a las retribuciones complementarias de los diferentes empleos de los integrantes y por este motivo AUGC considera que la normativa debería haber sido tramitada mediante reglamento o disposición de carácter general.

Esta fue una de las bases del recurso contencioso-administrativo presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid para anular el rango normativo de la Orden General de productividad. Es el mismo planteamiento que emplearon nuestros servicios jurídicos para invalidar a Orden General que regula el acceso al curso de capacitación de ascenso a Cabo y el Tribunal Supremo la estimó para dejarla sin efecto. En esta ocasión la vía a seguir es similar. Ahora que la Justicia ha avalado el rango de la Orden General de productividad porque determina la cuantía de las asignaciones y las administra “exclusivamente a determinados funcionarios”, interpondremos un recurso de casación con el fin de anularla íntegramente.

El recurso casacional ante el Tribunal Supremo es una opción que ha decidido otorgar el Tribunal Superior de Justicia de Madrid debido a que “la cuestión debatida presenta o puede presentar serias dudas en Derecho”, como refleja la sentencia. La indecisión del TSJ de Madrid quedó expuesta antes de la anulación que dictaminó el Alto Tribunal sobre la Orden General que regula el ascenso a Cabo. Sólo por una cuestión cronológica, no ha podido acoger de manera obligada esta doctrina ya consolidada del Tribunal Supremo. Por todo ello el actual sistema de productividad está en jaque. El plazo para presentar el recurso de casación ante el Supremo es de 30 días; ya se está trabajando sobre su formulación con el fin de que la Orden General de productividad quede sin efecto del mismo modo.

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Las competencias de Gámez entre los fundamentos de derecho de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid expone que el rango normativo recurrido por la Asociación Unificada de Guardias Civiles es el que procede: “Son numerosas las razones que avalan la correcta adecuación […] escogida para regular los incentivos al rendimiento y las gratificaciones extraordinarias”. Menciona la naturaleza jurídica y también referencia los precedentes históricos sobre la materia, la previsión legal de la misma y las competencias de la Directora General, María Gámez.

En este último aspecto, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratifica que la Directora General de la Guardia Civil dispone de la competencia para dictar la Orden General de productividad. Se trata de un puesto que está incluido en la estructura del Ministerio del Interior, hecho suficientemente fundamentado aunque la normativa no precise qué órgano estaría dedicado a gestionar el complemento de productividad y las gratificaciones. Lo que sí se define mediante el Real Decreto 734/2020 es que María Gámez tiene otorgada la competencia, de forma genérica, de los recursos económicos asignados a la Guardia Civil y de los relativos a la ejecución de la política de personal –entendida como una actividad de gestión que incluye las retribuciones–.

Mediante estos fundamentos de derecho se ha desestimado la denuncia contra la Orden General de productividad pero, como indicamos, se abre la vía casacional ante el Tribunal Supremo. No ha habido condena en costas, cuestión por la que la Directora General habría de reflexionar sobre la importancia de realizar profundos cambios en los equipos y en la estructura técnica y de mando de la Guardia Civil. Debe exigir, en su caso, las responsabilidades a quienes están al frente de los mismos. Sólo un comportamiento irresponsable, que podría dar lugar a importantes responsabilidades, puede evitar que se continúen con estas prácticas administrativas y políticas que pueden dar lugar a consecuencias muy negativas en los derechos profesionales de miles de Guardias Civiles.

La Asociación Unificada de Guardias Civiles se dirigirá de nuevo a María Gámez para que se someta a la legalidad y cumpla con la doctrina del Tribunal Supremo. Continuamos trabajando por todos.

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