Encuesta sobre los Derechos Preferentes

La Unidad de Acción creada con motivo del Grupo de Trabajo ‘Normativa de destinos’ lanza un cuestionario para conocer los posicionamientos del mayor número de componentes

Las Asociaciones profesionales representativas AUGC, UO, ASES, JUCIL, APC, AEGC e IGC coordinadas en Unidad de Acción ante el Grupo de Trabajo ‘Normativa de Destinos’, elaboramos una encuesta ante la modificación del Reglamento. Pulsa aquí para acceder a ella.

Queremos conocer tu opinión acerca de los nuevos derechos preferentes, regulados en el artículo 50 de la normativa de destinos. Actualmente se dispone de los siguientes:

  1. Preferente por disolución o reducción de unidades para ocupar vacantes de provisión por antigüedad o concurso de méritos en la misma provincia.
  2. Preferente por adaptación orgánica y no muestre su voluntariedad cuando sea preceptiva en unidades de la misma provincia.
  3. Personal que cese en su destino por superar los tiempos máximos que se establezcan.
  4. Personal con al menos, tres años ininterrumpidos en la misma o en diferentes unidades ubicadas en el País Vasco, Navarra o Gar.
  5. Personal con al menos 5 años ininterrumpidos en diferentes unidades de la ARS.
  6. Personal que cesara en su destino por haber agotado su plazo de reserva del artículo 61.1 o por pérdida de aptitud psicofísica para el destino que ocupa o cese por declaración de limitaciones incompatibles por razones de insuficiencia de condiciones psicofísicas en acto de servicio, o cumplir la edad máxima exigida para determinados destinos para vacantes de antigüedad en Unidades de su provincia
  7. Preferente para guardia civil con hijos menores de 12 años o con grado discapacidad igual o superior al 33% para vacantes de provisión de antigüedad para unidades de la provincia de destino del cónyuge guardia civil, cuando sea distinta de la del solicitante.

Es un asunto de gran relevancia, por lo que sería preciso conocer las impresiones del mayor número de componentes para hacer propuestas. La Administración aporta:

  • Derecho preferente para la UEI –como para la ARS–.
  • Derecho preferente para el personal en Baleares con al menos 5 años ininterrumpidos.  (Como en País Vasco, Navarra o Gar durante tres años).
  • Derecho preferente para el personal con al menos 5 años en Unidades en Zonas Demográficamente Desfavorecidas.

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