Los servicios jurídicos de AUGC Alicante consiguen otra nueva sentencia favorable a los intereses de un guardia civil

La AUGC logra de nuevo que a un agente le sea reconocido el derecho a percibir la cuantía correspondiente a las vacaciones no disfrutadas por el tiempo que permaneció de baja laboral hasta su pase a situación de retiro.

por Redacción AUGC

AUGC ha logrado una nueva sentencia en favor de uno de sus afiliados.
AUGC ha logrado una nueva sentencia en favor de uno de sus afiliados.

Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles en Alicante queremos dar a conocer un nuevo triunfo logrado en los tribunales para los guardias civiles. En esta ocasión ha sido el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en su Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Sección Sexta la que ha vuelto a reconocer los derechos de un agente que, tras haber permanecido en situación de incapacidad laboral durante un largo periodo hasta que sin solución de continuidad, la Guardia Civil acordó su pase a retiro como miembro del Cuerpo, este solicitó que le fuesen abonadas las vacaciones no disfrutadas durante ese largo periodo de tiempo.

El agente tras pasar a su situación de retiro, siendo asesorado por los servicios jurídicos de AUGC presentó su solicitud que fue denegada en primera instancia por la Dirección General de la Guardia Civil, acudiendo posteriormente a los Tribunales representado por el letrado de la Delegación de AUGC en Alicante, D. Alberto Manuel Mollá Díez que recurrió dicha resolución denegatoria.

En el recurso presentado se sostuvo que, la resolución recurrida infringía lo dispuesto en la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 04 de noviembre (art.7.2), relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo y con efecto directo en el ordenamiento español (SSTJUE 3.05.12 y 22.11.11) con cita de precedentes de esa misma Sala.

En este caso el Abogado del Estado, en trámite de contestación a la demanda  se allanó en la misma cumpliendo los requisitos legales pertinentes, por tanto el alto Tribunal emitió el fallo estimando el recurso interpuesto por el agente frente a la resolución de la Dirección General de la Guardia Civil que desestimaba su solicitud de compensación económica por las vacaciones, solicitud que se anula por no ser conforme a Derecho y se reconoce el derecho del recurrente al abono en metálico por el periodo de días, en la cantidad que corresponda por las vacaciones dejadas de disfrutar hasta su pase a situación de retiro no imponiendo en este caso condena en costas a la Administración por haberse allanado en tiempo y forma         en el procedimiento.

 esde la Junta Directiva Provincial de AUGC Alicante, queremos felicitar a nuestro compañero, a nuestros servicios jurídicos y a nuestros afiliados por este nuevo logro, siendo ya varias Sentencias ganadas en este sentido en esta Delegación, aunque al mismo tiempo mostramos nuestra indignación, por el largo proceso que en ocasiones se ven obligados a emprender los guardias civiles para conseguir sus derechos, e igualmente mostramos nuestro pesar por las “demasiadas” resoluciones erróneas de la Dirección General de la Guardia Civil que provocan una pérdida de tiempo y dinero del contribuyente, que va en detrimento de una mejor atención a los ciudadanos.

 

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