AUGC toma la iniciativa en la defensa de los derechos de los guardias civiles para que se elimine el pago en costas procesales

El riesgo a la hora de buscar una solución en los tribunales ante una decisión arbitraria puede acarrear para el guardia civil perjudicado el abono de las costas, situación que genera indefensión y se convierte en un obstáculo para defender nuestros derechos.

por Ildefonso Garcia Ruiz

El pago de las costas en caso de una sentencia desfavorable supone un freno a la hora de que los trabajadores decidan acudir a los tribunales.
El pago de las costas en caso de una sentencia desfavorable supone un freno a la hora de que los trabajadores decidan acudir a los tribunales.

El riesgo a condena en costas es una losa, en muchos casos insalvable, que utiliza la Guardia Civil para denegar derechos, pues es conocedora de que cada diez denegaciones sólo una acudirá al contencioso-administrativo (si lo hace), por temor a ser condenados en costas.

La jurisdicción de lo Social, a la que acuden habitualmente los trabajadores, no deja lugar a dudas, no se abonan costas en primera instancia, e incluso, en el caso de demandas presentadas por los sindicatos (representantes de los trabajadores), tampoco abonan costas en los recursos que presenten.

Sin embargo, los guardias civiles y sus representantes, al amparo del ejercicio del derecho de las asociaciones profesionales, sufrimos una discriminación a la hora de litigar, pues debemos acudir a la jurisdicción contencioso administrativa, en cuya regulación se establece la condena en costas a la parte perdedora del procedimiento.

Esto supone un verdadero freno en la defensa de los derechos de los guardias civiles, que además, y aquí tenemos otra negación en nuestros derechos como ciudadanos de uniforme, tenemos prohibida la reclamación colectiva, y por ello hemos de reivindicar nuestros derechos bajo petición individual. Por tanto, la quiebra de la plena efectividad del derecho fundamental a la obtención de tutela judicial efectiva es real porque estos comportamientos y la regulación actual, desincentiva a

los guardias civiles del uso de este derecho para buscar justicia ante posibles decisiones arbitrarias y perjudiciales para los intereses del afectado.

La Guardia Civil, conocedora de esta situación, en ocasiones deniega derechos laborales o sociales dejando como única salida al perjudicado la interposición de contencioso administrativo, porque la institución es plenamente conocedora de que gran parte de los guardias civiles no acudirán al juzgado.

Podemos citar, a modo de ejemplo, el caso conocido ante la denegación de uno o dos días de vacaciones, o un permiso urgente por necesidades familiares; en pocas ocasiones se acudirá a un juzgado arriesgándose a que se nos condene con 600 euros en costas, máxime cuando a lo largo de todo el territorio nacional, los juzgados de los contenciosos y los tribunales de justicia tienen sentencias con interpretaciones totalmente dispares y usando la interpretación realizada por un juzgado (no existe mala fe) se condena igualmente a costas.

Por ello, AUGC instará al Gobierno y al Congreso de los Diputados para que modifiquen la actual legislación, con el fin de que, los guardias civiles en defensa de nuestros derechos laborales, sociales y económicos, no tengamos que soportar el pago en costas ante la primera instancia.

 

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