Carta contra la retirada del recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Atención a Víctimas de Abusos Policiales

Por la dignidad y en nombre de la memoria de las víctimas de ETA, desde AUGC confiamos en que el recurso de inconstitucionalidad contra “la ley de víctimas de abusos policiales” no sea retirado.

por Juan Fernández Hernandez

Han sido innumerables las ocasiones en que la ciudadanía se ha manifestado en contra del terrorismo, del odio y el rencor.
Han sido innumerables las ocasiones en que la ciudadanía se ha manifestado en contra del terrorismo, del odio y el rencor.

Asociaciones de guardias civiles, sindicatos de policías nacionales y asociaciones de víctimas del terrorismo, venimos trabajando de manera conjunta con el objetivo de reivindicar la memoria y la dignidad de las víctimas del terrorismo de ETA, algo que pasa por la continuidad del recurso de inconstitucionalidad planteado contra la Ley del País Vasco 12/2016, de 28 de julio, por la que se pretende reconocer y reparar a víctimas posibles vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política en la Comunidad Autónoma del País Vasco entre 1978 y 1999. A esta ley se la conoce como “la ley de víctimas de abusos policiales” y en realidad es un instrumento sin garantías jurídicas, pues se pretende decidir mediante una ley, y no a través de los órganos jurídicos, para dar cobertura a una supuesta  “teoría del conflicto",  planteando así un escenario tanto de víctimas del Estado como de ETA.

El recurso de inconstitucionalidad está presentado, pero ahora surge la posibilidad de que mediante un acuerdo del Gobierno central y vasco, se produzca el desistimiento a este recurso interpuso ante el Tribunal Constitucional. Algo que podría provocar responsabilidades a los miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado y Autonómicas en el País Vasco.

Por este motivo, hoy hemos entregado esta carta dirigida al Fiscal General del Estado, e igualmente ante los ministerios de Justicia y de Interior, al considerar que esta ley concede a una Comunidad Autónoma, la del País Vasco, la potestad de decidir sobre asuntos de competencia exclusivamente jurisdiccionales, y por tanto del ámbito de jueces y magistrados, abriendo la posibilidad a investigar casos sin garantías procesales.

Entre otros asuntos, la Ley  de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos se enmarca “en un contexto de violencia de motivación política” en la Comunidad Autónoma Vasca, atribuyendo a un grupo de "expertos" la función de investigación y resolución de supuestos delitos de tortura. Por si esto fuera poco disparate, en la citada ley figura textualmente que esas labores indagatorias podrán sustentarse en "cualquier medio de prueba admisible en derecho, sin que sea preciso que haya existido un proceso judicial previo", es decir, vulnerando el derecho a la defensa o a la presunción de inocencia.

Desde AUGC confiamos en que el recurso de inconstitucionalidad no sea retirado. Por la dignidad y en nombre de la memoria de las víctimas de ETA, nuestro Estado de derecho, como modelo de país regido por un sistema de leyes e instituciones, debe estar a la altura las circunstancias.

 

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