AUGC INICIA LA CAMPAÑA DE RIESGOS LABORALES 2023/2024 - TU SEGURIDAD IMPORTA

Esta primera fase de la campaña se centra en los vestuarios y las taquillas. Una obligación de la Guardia Civil y un derecho de los trabajadores

por eugenio Nemiña Suárez

CAMPAÑA VESTUARIOS AUGC
CAMPAÑA DE RIESGOS LABORALES DE AUGC 2023/2024 PARTICIPA
El próximo mes de febrero se cumplirán 28 años desde que se aprobó la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y 19 años del Real Decreto que regula los riesgos laborales en la Guardia Civil.
 

En este tiempo, la Guardia Civil ha mostrado un nulo interés por la salud del personal y cada uno de los avances han venido precedidos de una denuncia de AUGC y, ante ella, un requerimiento de la Comisión Europea, Defensor del Pueblo o Inspección de trabajo.

La reciente licitación de personal médico, donde se llega a acusar al personal de estar mucho tiempo de baja, ha acreditado que no se trata de un problema de dinero.

Por ello, AUGC ha decidido iniciar una campaña de Prevención de Riesgos Laborales que se prolongará varios meses y en la que intentaremos dar información sobre esta materia y emprender iniciativas y denuncias de los incumplimientos.

Y en este caso, iniciaremos la campaña de AUGC 2023/2024 con la problemática de los vestuarios y las taquillas.

Esperamos que, tras la lectura de esta guía, queden claras las nociones básicas sobre el derecho a vestuario y las posibles medidas ante el incumplimiento de la misma, y que la campaña sea de vuestro agrado y consigamos una buena participación del personal.


Es Importante que una vez traslada la comunicación de un riesgo, nos guardemos la copia sellada por nuestra unidad. Nos servirá en un futuro para reclamar posibles bajas y relacionarlas con el trabajo para no perder retribuciones

EL DERECHO A VESTUARIO Y TAQUILLA

El derecho a vestuario se encuentra regulado en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, que indica:

“Los lugares de trabajo dispondrán de vestuarios cuando los trabajadores deban llevar ropa especial de trabajo y no se les pueda pedir, por razones de salud o decoro, que se cambien en otras dependencias.”

A pregunta de AUGC (dada las interpretaciones de algunos mandos en ese momento) el INSHT indicó que “Prenda de trabajo será toda aquella prenda que el empresario exija que se utilice en el lugar de trabajo y por lo tanto sea proporcionado por él. El fin puede ser diverso: mantener la asepsia de los productos o la actividad, dar uniformidad o imagen de empresa, etc. Podríamos sintetizar y resumir indicando que los vestuarios serán exigibles cuando la persona deba desnudarse para ponerse la ropa de trabajo que se le exige o bien no existan zonas higiénicas (debido a la actividad de la empresa) para cambiarse (condiciones higiénicas o de decoro). Ponerse una gorra, una chaqueta, una bata, un delantal, etc. sobre otra ropa, no implica a priori la necesidad de disponer de un vestuario.”

Por ello, el personal de la Guardia Civil utiliza ropa de trabajo y tiene derecho a contar con vestuarios y taquilla y la Guardia Civil está obligada a facilitarlas.

Gracias a sentencias conseguidas por AUGC también sabemos que el derecho a la taquilla nace desde el primer día que se trabaja y que no valen absurdas excusas de falta de recursos materiales o económicos. La Guardia Civil está obligada a dotarnos de taquilla y una obligación no puede ser incumplida bajo esos pretextos y menos, cuando no les falta dinero para desfiles.

 

SON EXCUSAS SIN FUNDAMENTO REITERADAMENTE USADAS EN LA GUARDIA CIVIL...

 

  • LA GUARDIA CIVIL NO USA ROPA DE TRABAJO, UTILIZA UNIFORMIDAD.- Eso es un absurdo. Los tribunales ya han descartado esta justificación, nuestro uniforme ES ROPA DE TRABAJO
  • NO SE PUEDE ADJUDICAR POR FALTA DE PRESUPUESTO.- Tribunales nacionales y el propio Tribunal de Justicia Europeo, ha dejado claro que la falta de presupuesto no puede ser una excusa para incumplir una obligación legal.
  • NO TIENE DERECHO POR DISPONER DE PABELLÓN.- Este argumento también ha sido tumbado por los tribunales. Precisamente la taquilla permite no llevar la ropa de trabajo a casa haciendo de barrera entre el trabajo y domicilio. No tiene sentido estar en una actuación con sangre, personas enfermas, etc... y entrar por la puerta de casa mientras nuestro hjijo pequeño se nos abraza a la pierna.

 

TODAS ESTAS EXCUSAS HAN SIDO ANULADAS POR LOS TRIBUNALES

 

REQUISITOS DEL VESTUARIO Y TAQUILLA - TOMA NOTA

 

Los vestuarios estarán provistos de asientos y de armarios o taquillas individuales con llave, que tendrán la capacidad suficiente para guardar la ropa y el calzado. Los armarios o taquillas para la ropa de trabajo y para la de calle estarán separados cuando ello sea necesario por el estado de contaminación, suciedad o humedad de la ropa de trabajo.

ESTO ES IMPORTANTE. Quienes estamos expuestos a inclemencias metereológicas podemos terminar empapados por la lluvia y calados hasta los huesos. Por ello, la taquilla debe tener espacio suficiente para nuestra ropa de calle y un uniforme que poder usar para quitar el mojado y, dado que el uniforme mojado es el que quedará en la taquilla, debe tener separación entre la ropa mojada y la de calle. De no ser así, nos deberían permitir finalizar el servicio para poder cambiarnos de ropa y no permanecer con la ropa mojada.

Dispondrán, en las proximidades de locales de aseo con espejos, lavabos con agua corriente, caliente si es necesario, jabón y toallas individuales u otro sistema de secado. Dispondrán además de duchas de agua corriente, caliente y fría, cuando se realicen habitualmente trabajos sucios, contaminantes o que originen elevada sudoración.

Si los locales de aseo y los vestuarios están separados, la comunicación entre ambos deberá ser fácil.

Los vestuarios, locales de aseos y retretes estarán separados para hombres y mujeres, o deberá preverse una utilización por separado de los mismos. No se utilizarán para usos distintos de aquellos para los que estén destinados.

NO SE PUEDE:

  • APROVECHAR EL ARMERO, ARCHIVADOR, O CUARTO DE ÚTILES DE LIMPIEZA, PARA PONER UNA TAQUILLA Y SE QUE SE CAMBIEN ALLÍ (el vestuario NO PUEDE ser utilizado para otros usos).-
  • DAR UNA TAQUILLA Y COBRAR LA COPIA DE LA LLAVE O DECIR QUE COMPRES UN CANDADO. La Guardia Civil tiene que entregar la taquilla con llave.-
  • DECIR QUE, COMO NO TIENEN ESPACIO, SE CAMBIÉN AL MISMO TIEMPO HOMBRES Y MUJERES EN EL MISMO VESTUARIO.-

 

¿QUE HAGO SI EN MI UNIDAD NO TIENEN VESTUARIO O NO TIENEN TAQUILLAS PARA TODO EL PERSONAL?

Ante esta situación, las medidas que debemos de adoptar deben ser escalonadas.

 El primer paso será comunicar la existencia del riesgo (algo a lo que nos obliga el artículo 12.C del Real Decreto 179/2005, de 18 de febrero, sobre prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil).

ESTA COMUNICACIÓN DEBE HACERSE POR CONDUCTO.

Si pasado un tiempo prudencial, no obtenemos respuesta o solución, existen dos vías que podemos seguir:

  1. Denuncia ante Inspección de Trabajo.
  2. Presentar Instancia reclamando la taquilla, con la intención de acudir a la vía judicial bien cuando contesten o cuando se produzca el silencio administrativo y no contesten.

EN ESTA PRIMERA FASE, NOS CENTRAMOS EN LA COMUNICACIÓN DEL RIESGO: (Si pasado un tiempo no se obtiene una respuesta adecuada, tomaremos la decisión de si denunciar ante Inspección de Trabajo o presentar instancia para acudir a los tribunales)

PASOS A SEGUIR EN ESTA PRIMERA FASE

1.- DESCARGA LA COMUNICACIÓN QUE TIENES AL FINAL DE LA NOTICIA ADECUADA A TU CASO. HEMOS PREPARADO CUATRO MODELOS DISTINTOS

  • Si tu Unidad carece de vestuarios (por completo)
  • Si tiene vestuarios pero sólo masculinos (carece de vestuarios femeninos donde poder cambiarte)
  • Si tiene vestuarios pero carece de taquillas suficientes para todo el personal.
  • Si el tamaño de la taquilla es totalmente insuficiente al trabajar con condiciones metereológicas adversas y no permitir guardar al mismo tiempo tu ropa de calle y un uniforme completo que poder utilizar en el caso de mojarte durante el servicio.

2.- CUMPLIMENTA LOS TUS DATOS PERSONALES Y LA OFICINA DE RIESGOS LABORALES DE TU COMANDANCIA, FIRMA EL DOCUMENTO.

3.- PRESENTA EL DOCUMENTO EN TU UNIDAD PARA TRAMITAR POR CONDUCTO.

4.- ESPERA UN TIEMPO PRUDENCIAL (1 Ó 2 MESES) SI NO OBTIENES RESPUESTA O NO SE SOLUCIONA, CONTACTA CON AUGC PARA ADOPTAR OTRAS MEDIDAS.

 

TU SEGURIDAD IMPORTA
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