Un guardia civil destinado en el Puesto de Alcaracejos pasó en 2019 a retiro por incapacidad permanente debido a tres patologías, de las cuales dos fueron causadas por sus funciones profesionales, tras haber padecido una prolongada situación de incapacidad temporal que le impidió hacer uso de los periodos vacacionales que le correspondían.
El afectado cursó una instancia al entonces Director General de la Guardia Civil solicitando que se le indemnizara por las vacaciones que no había podido disfrutar, pero Félix Azón ni siquiera se molestó en dictar resolución, por lo que los servicios jurídicos de AUGC interpusieron recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual ha dictado sentencia estimando el recurso planteado y reconociendo el derecho del agente a ser indemnizado económicamente.
El abogado de AUGC en Córdoba, Miguel Carbajo, ha declarado que “es incomprensible que la Dirección General de la Guardia Civil siga empeñándose en desestimar estas solicitudes, obligando a los afectados a embarcarse en largas y complicadas reclamaciones, cuando son innumerables las sentencias dictadas por distintos tribunales durante los últimos años reconociendo el derecho de los empleados públicos, incluidos los guardias civiles, a ser indemnizados en estos casos. En la sentencia que hemos obtenido, el propio Tribunal le recuerda a la Administración que se trata de un derecho laboral reconocido nada menos que por el Parlamento Europeo y por el Tribunal Supremo”.
La indemnización económica deberá incluir los intereses legales correspondientes, por lo que una vez más las arcas públicas se ven perjudicadas por la soberbia y deficiente funcionamiento de la Dirección General de la Guardia Civil.