AUGC recuerda la necesidad de que se dote a los guardias civiles de pistolas eléctricas

Ante la declaración como desierto del procedimiento de licitación que la Dirección General tramitaba para incorporar las primeras armas de este tipo.

Una pistola táser.
Una pistola táser.

La Dirección General de la Guardia CIvil ha declarado desierto el procedimiento de licitación que tramitaba para incorporar su primeras pistolas de efectos eléctricos incapacitantes -conocidas como ‘Taser’- al presentar la muestra «de manera incompleta» la única empresa que había presentado oferta y no ser legalmente subsanable esta deficiencia. De esta forma, el Cuerpo tendrá que convocar ahora un nuevo concurso y se retrasará la incorporación de este armamento respecto a los plazos inicialmente previstos.

Desde AUGC lamentamos esta situación, y animamos a que la Guardia Civil convoque ese nuevo concurso lo antes posible. Hay que recordar que ya en 2017 AUGC promovió una propuesta al Consejo de la Guardia Civil para que los trabajadores del Cuerpo solicitasen que se les dotase de armas eléctricas que reduzcan los riesgos de sufrir lesiones o causarlas

Y es que no son pocas las ocasiones donde los guardias civiles deben actuar en intervenciones en las que se encuentra implicada una persona que no se encuentra en plena posesión de sus facultades mentales, bien sea por encontrarse bajo los efectos de alguna sustancia o por sufrir alguna enfermedad.

Por desgracia en algunos casos, estas personas actúan de modo agresivo amenazando la integridad física de los agentes, bien por portar algún objeto o arma peligrosa, o por tener más fuerza que los agentes e incluso mayor preparación en técnicas de combate.

Se pueden observar noticias donde los agentes se han visto obligados a utilizar armas de fuego para reducir a estas personas, generando importante lesiones o incluso la muerte del agresor y años interminables de un proceso judicial que supone un verdadero calvario para los afectados.

En otras ocasiones, el agente termina con lesiones al no arriesgarse a sacar el arma, precisamente, para evitar el proceso judicial antes citado. La legislación en materia de PRL establece la necesidad de tener en cuenta las diversas tecnologías para mejorar las condiciones de trabajo.

El propio Tribunal Constitucional en sentencia de fecha 25/10/1986 indica el artículo 40.2 de la CE, obliga a los poderes públicos a velar por la Seguridad e Higiene en el trabajo de manera que se asegure no sólo la ausencia de riesgos de pérdida o restricción de salud, sino también el progresivo mejoramiento de los ambientes de trabajo.

En el día de hoy, y desde hace ya bastantes años, existen armas eléctricas no letales (taser) que son usadas por cuerpos policiales españoles y de otros países, y que permiten reducir a estas personas ocasionando mucho menor daño, sin olvidar el riesgo que se genera a otros ciudadanos que se encuentren en las proximidades con el uso de un arma de fuego, ante el rebote de una bala o un disparo desviado.

Por este motivo, desde AUGC se recuerda la importancia de que se invita a todos los afiliados a pedir al Consejo de la Guardia Civil que se dote a los agentes de armas eléctricas taser con las que poder prestar servicio reduciendo de ese modo el riesgo a sufrir lesiones u ocasionarlas.

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