Son ya varios los pronunciamientos en este sentido logrados por los servicios jurídicos de AUGC, el más importante dictado por el Tribunal Supremo.
Sin embargo, en los últimos meses de 2022 se dictaron 2 resoluciones en unidades de la Comandancia de Pontevedra, en las que denegaban el derecho de los agentes a disponer del descanso diario de 11 horas cuando a continuación se inicia otro descanso distinto.
Los agentes afectados, acudieron a los servicios jurídicos de AUGC y, por medio de la abogada María Dolores Carpintero Vázquez, presentaron recurso contencioso administrativo consiguiéndose en ambos casos el amparo del tribunal, que reconoce el derecho de los agentes al descanso, les indemniza (en total ha tenido que abonar 256,46€) y, además, condena en costas a la Administración (otros 200€).
La Guardia Civil sigue empeñada en incumplir la normativa europea que ha dejado claro en numerosas sentencias que el descanso diario no puede solapar otra clase de descansos pues son independientes unos de los otros.
Mientras esto ocurre, los ciudadanos son los que pagan los platos rotos, destinando el dinero de los presupuestos a pagar la cabezonería de la cadena de mando a sabiendas de que ellos no serán quienes paguen las consecuencias de sus actos.