El Subsector de Tráfico de Córdoba está formulando denuncias ante la autoridad que no tiene la competencia sancionadora

por Administración AUGC

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El pasado 21 de marzo se celebró en Córdoba una reunión a la que asistieron el Jefe Provincial de Tráfico (Antonio Ríos), la Concejal de Seguridad (Carmen Sousa), el Jefe del Subsector de Tráfico (Ignacio Varela) y el Jefe de Policía Local (Antonio Serrano), en la cual se determinaron las competencias de actuación en materia de seguridad vial de Guardia Civil y Policía Local, de la que se hicieron eco recientemente todos los medios de comunicación provinciales.

En dicha reunión se acordó la delimitación de demarcaciones en puntos concretos de la periferia de la capital, así como en travesías y zonas urbanas, cuyos detalles no vamos a concretar ahora porque ya fueron publicitados por los firmantes del protocolo.

Sin embargo sí debe ponerse de manifiesto la incorrecta aplicación del convenio que se está llevando a cabo por el Subsector de Tráfico de la Guardia Civil, porque el reparto de competencias se refiere a regulación, control, vigilancia, formulación de denuncias, instrucción de diligencias e intervención en accidentes de circulación, pero de ningún modo puede afectar a la competencia sancionadora, la cual viene regulada por una norma superior como es la Ley de Seguridad Vial y otras de desarrollo.

De hecho, así se especifica expresamente en las consideraciones finales del protocolo firmado el día 21 de marzo: “No obstante lo anterior, se tendrá presente en cada momento la Autoridad Competente para sancionar a efectos de a quién debe ser remitida la denuncia correspondiente”.

A pesar de ello los guardias civiles (ignoramos si por decisión del Jefe del Subsector o de los diferentes jefes de los dispositivos) están remitiendo a la Jefatura Provincial de Tráfico denuncias cuya competencia sancionadora corresponde al Ayuntamiento de Córdoba en virtud de lo dispuesto en la Ley de Seguridad Vial.

Así ocurre por ejemplo con las infracciones detectadas y denunciadas en uno de los puntos incluidos en el convenio: glorieta ubicada bajo el paso elevado que da acceso al Puente de Andalucía, cruce de la A-3050 (Ronda Poniente) con la N-IVa, cuya competencia sancionadora corresponde al Ayuntamiento de Córdoba y sin embargo se están tramitando a la Jefatura Provincial de Tráfico, que carece de competencia para sancionar las infracciones detectadas en dicho lugar.

Este incorrecto modo de actuar no sólo supone una deslealtad hacia una de las Administraciones firmantes del acuerdo, sino que además dará lugar a que el trabajo de los guardias civiles no sirva para nada, porque los infractores podrán conseguir que se anulen los procedimientos que hayan sido incoados por una autoridad que carezca de competencia sancionadora por razón de la ubicación.

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