Resumen grupo de trabajo 'Proyecto Orden Ministerial de Enseñanza'

El viernes 22 de marzo tuvo lugar el primer Grupo de Trabajo por el que se modificarán la Orden PCI/349/2019, de 25 de marzo, sobre la Enseñanza de Perfeccionamiento y de Altos Estudios Profesionales en la Guardia Civil y la Orden PCI/361/2019, de 20 de marzo

Resumen Grupo de Trabajo ‘Proyecto Orden Ministerial de Enseñanza’ .
Resumen Grupo de Trabajo ‘Proyecto Orden Ministerial de Enseñanza’ .

La Orden PCI/349/2019, de 25 de marzo, sobre la Enseñanza de Perfeccionamiento y de Altos Estudios Profesionales en la Guardia Civil y la Orden PCI/361/2019, de 20 de marzo, por la que se establece el modelo y las normas reguladoras del expediente académico del personal de la Guardia Civil. Tres normas más sufren modificaciones que quedan reflejadas en las Disposiciones finales del documento.

Con esta modificación se pretende dar mayor importancia a la formación continua y descentralizar ésta de la Jefatura de Enseñanza.

Además tendrán consideración de formación continua las actividades formativas vinculadas a una especialidad, así como las dirigidas a su personal especialista, cuando no habiliten para el ejercicio de una actividad profesional en un área concreta que requiera una formación específica dentro de ella. Las actividades formativas de mantenimiento o renovación de las cualificaciones específicas requeridas para la ocupación de puestos orgánicos de especialistas también tendrán la consideración de formación continua.

Apuntar que se penalizará de igual manera a quien renuncie a un curso de especialización o una vez designado solicite la baja voluntaria del curso. Además se  anotará en el expediente académico del alumnado de los centros docentes de formación que aun no hubiera adquirido su condición de guardia civil, las calificaciones académicas, certificaciones y acreditaciones de los títulos obtenidos y estudios realizados con anterioridad a su incorporación.

En una Disposición final se modifica parte de la Orden PCM/577/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil, donde regula que dependiendo del curso en el que se encuentre encuadrada la asignatura no superada, se repetirá ese periodo.

En el primer periodo del segundo curso académico, se estará en condiciones de progresar al segundo periodo cuando se haya superado la totalidad de los módulos, materias y asignaturas impartidos durante el mismo. El alumnado que no supere la totalidad de las asignaturas impartidas durante dicho periodo volverá a realizarlo, participando en todas las actividades que lo conforman. En el caso de que las tuvieran superadas, se le evaluará nuevamente de todas las asignaturas, manteniendo en el expediente académico la nota más alta alcanzada y se le escalafona a todos los efectos en la promoción en la que esté realizando el curso en ese momento.

Se crea una Unidad de Desarrollo y Talento que será el órgano responsable de definir las necesidades de perfiles profesionales que por su relevancia y singularidad  requieran de especiales condiciones para su reclutamiento, identificación y desarrollo profesional. Asi mismo, será la encargada de planificar, impulsar y coordinar las labores técnicas que se incardinen en el marco del Sistema Integral de Gestión del Talento (SIGESTA), llevando a cabo el acompañamiento institucional necesario a lo largo del desarrollo de la carrera profesional de los guardias civiles.

 

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