Los servicios jurídicos de AUGC Huelva logran el pago del Complemento Específico Singular de un guardia civil que hacía funciones de Oficial

Nuevo éxito de los servicios jurídicos de AUGC en defensa de sus afiliados, en este caso correspondiente a la Delegación en Huelva, que ha logrado que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dicte sentencia favorable

El litigio fue producido cuando este afiliado se vio en la obligación de cubrir los puesto de los mandos superiores que se encontraban de vacaciones, bajas por enfermedad, cursos, comisiones de servicio y en otras situaciones en las que el Jefe del Puesto o de la Unidad, no se encontraba prestando los servicios en el Puesto donde está destinado y por el que se percibe un Complemento Específico Singular de acuerdo con ese puesto.

Es muy común que los guardias civiles de menor empleo cubran puestos que acarrean más responsabilidad que la del puesto para el que fueron destinados sin que la Guardia Civil les abone por este concepto el Complemento Específico Singular de ese Puesto. Casos que se dan porque en muchas ocasiones los Jefes de esos puestos están comisionados en otras unidades o incluso no los destinan o están realizando cursos.

La sentencia favorable señala: “Que estimando parcialmente el recurso interpuesto, por no ser ajustada a Derecho la actuación administrativa impugnada, debemos anular y anulamos la resolución de 17 de marzo de 2022, de la Directora General de la Guardia Civil, por la que se desestima la solicitud formulada por el recurrente en orden a que se le abonaran las diferencias retributivas por retribuciones complementarias; reconociendo el derecho del recurrente a que se le abonan las diferencias económicas, por complemento específico singular, entre las funciones que realizó como guardia civil y las de Jefe de Puesto Principal de Carmona, del 19 de enero de 2018 al 6 de abril de 2018, y las de  Jefe de Puesto Principal de Moguer, del 8 de enero de 2020 al 30 de agosto de 2021; incrementadas en el interés legal desde la formulación de la reclamación administrativa; cantidades que se calcularán en ejecución de sentencia”.

La sentencia se basa en otra del Tribunal Supremo, donde se dice:

"Ambas previsiones parten del principio de que los funcionarios desarrollan las tareas correspondientes a su puesto de trabajo. Ahora bien, la jurisprudencia ha constatado que hay supuestos en que la Administración consiente situaciones en que los funcionarios tienen que realizar todas o la parte esencial de las tareas de un puesto distinto, reservado a funcionarios de grupos de titulación superior y de superior nivel de complemento de destino”.

Y esto es lo que ocurre en estos casos, en que multitud de guardias civiles realizan funciones de otros puestos superiores sin que se les reconozca el pago del Complemento Específico Singular de ese Puesto de Trabajo. Por ello a partir de ahora, cuando un subordinado, realice las funciones de un mando superior por el período de más de un mes, puede reclamar el pago del Complemento Específico de Singular de ese puesto de trabajo además de la productividad que le pudiera corresponder, porque estaría realizando las funciones de ese superior jerárquico, a la vez que todas las funciones como Jefe Interino del Puesto de Trabajo.

Esta circunstancia viene siendo utilizada en algunas ocasiones por la Guardia Civil, para comisionar a esos mandos a otras Unidades y dejar de responsable de la Unidad al que le sucede en el mando, pero que no ha sido destinado para ejercer esas funciones, sin embargo, las realiza, sea del empleo que sea.

Nuevamente deben ser los tribunales y aplicando la jurisprudencia ya conocida por la propia Dirección General, los que otorguen los derechos a los guardias civiles que ya tienen otros funcionarios y que son sistemáticamente denegados por su "especial singularidad", concepto que se han inventado algunos para no aplicar los mismos derechos que tienen el resto de funcionarios del Estado.

Desde AUGC Huelva queremos poner en valor este tipo de servicios que presta la asociación a sus afiliados, que no solo contribuyen a la defensa de los derechos de los guardias civiles, sino que, como en este caso y en otros muchos, sirven para que el resto de guardias civiles puedan acogerse a este tipo de reclamaciones.

Es de agradecer el trabajo realizado por los servicios jurídicos de AUGC HUELVA y de su letrado Juan Rodríguez, por su trabajo y profesionalidad en la lucha por los derechos de los guardias civiles.

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