AUGC Asturias hace pública la gran profesionalidad de dos guardias civiles de Tráfico lesionados durante una detención

Como consecuencia de la detención del conductor, implicado en un accidente de tráfico, dos guardias civiles resultaron heridos y su gran profesionalidad puesta en entredicho. Ahora, la sentencia, que es firme, deja claro que la actuación de los agentes fue en todo momento impecable y no hay ningún extremo que admita reproche alguno.

por Juan Fernández Hernandez

Dos agentes de la Agrupación de Tráfico en un punto de verificación.
Dos agentes de la Agrupación de Tráfico en un punto de verificación.

El pasado día 03 de febrero de 2018 se pudo leer en algún medio de comunicación una noticia relativa a una intervención de dos guardias civiles de la Agrupación de Tráfico que procedieron a la detención de un conductor que había colisionado con otro vehículo, tras comprobar que circulaba sin permiso de conducción. Esta persona opuso gran resistencia a la detención y como consecuencia de ello, los dos guardias resultaron lesionados. La noticia a la que nos referimos se hace eco de la versión del detenido conforme a que, si bien conducía sin permiso, todo lo acontecido era incierto, incluso se llegó a afirmar que la Guardia Civil “le tenía ganas”. 

Pues bien, han tenido que transcurrir dos años desde los hechos para que por fin podamos contar la verdad de lo ocurrido. Así, en sentencia firme emitida por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Oviedo el pasado día 08 de enero, se condena al delincuente por la comisión de varios delitos, a saber: como autor de un delito contra la seguridad vial, como autor de un segundo delito contra la seguridad vial del artículo 380 en concurso ideal, un delito de atentado y dos delitos de lesiones. Las condenas impuestas al repetido individuo son las que siguen: multa de 12 meses con cuota de 6€ diarios, una pena de prisión de seis meses con inhabilitación especial, otra de privación del derecho a la conducción de vehículos de motor y ciclomotores por tiempo de un año y un día por el segundo delito contra la seguridad vial, una tercera pena de prisión de seis meses con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena por delito de atentado, además de una cuarta y quinta pena de prisión de seis meses con inhabilitación especial para el derecho de sufragio por cada delito de lesiones. 

Igualmente se le condena al pago de costas procesales con inclusión de las devengadas por las acusaciones particulares. Como responsable civil directo deberá indemnizar a los agentes con la cantidad de 12.000€ a uno de ellos y al otro con 1.200€. De igual forma deberá resarcir a la Clínica Asturias en los gastos que se determinen en ejecución de sentencia, más intereses. 

La sentencia, como se ha dicho, es firme al haberse dictado de conformidad con el condenado, el cual reconoce implícita y explícitamente los hechos, ante lo cual solo cabe concluir que la actuación de los agentes fue en todo momento impecable y no hay ningún extremo que admita reproche alguno. Dado que la intención del ahora condenado fue la de mancillar la imagen de estos dos compañeros en particular y la del Cuerpo en general, la Asociación Unificada de Guardias Civiles desea dar a conocer la sentencia emitida para despejar cualquier duda respecto al buen hacer de los miembros de la Guardia Civil en este caso concreto.

 

 

Para hacer comentarios debes identificarte

IDENTIFÍCATE