Los hechos se retrotraen al mes de noviembre donde la AUGC observa
incumplimiento la normativa laboral e irregularidades en la jornada
laboral de los guardias civiles del Área de Prevención de San Javier y
remite una carta al Capitán de Torre Pacheco para que investigue y
regularice la situación laboral. Dicha carta se exhibe en el tablón de
anuncios de San Javier para comunicaciones de las asociaciones
profesionales de guardias civiles, para conocimiento de todos ellos.
Con fecha 30 de diciembre el Sargento del Área de Prevención de San
Javier interpone denuncia contra el Secretario General de AUGC y contra
el vocal de San Javier por los presuntos delitos de “revelación de
secreto” y “delito de injurias a funcionario público”. Finalmente el 26
de junio se celebra juicio oral por presunta falta de injurias, donde
además del sargento denunciante y los dos guardias civiles denunciados,
asistieron como testigos un alférez, dos cabos y seis guardias civiles
todos ellos del Puesto Principal de San Javier.
En primer lugar la jueza desechó los presuntos delitos de “revelación
de secreto” y “delito de injurias a funcionario público” y solamente
celebro juicio por una presunta falta de injurias. En la sentencia se
absuelve a los guardias civiles, a la sazón representantes de AUGC, por
no observarse la comisión de ilícito alguna, dando la razón a su
defensa. En la sentencia se analizan dos cuestiones básicas.
- La primera, que el lugar donde se colgó la carta enviada al capitán
con la queja sobre el incumplimiento de la normativa laboral es el
lugar adecuado para ello, como así lo recoge la Ley de Derechos y
Deberes de los Guardias Civiles.
- La segunda, que la queja en ningún momento supone injuria alguna,
toda vez que se trata de una queja del ámbito laboral y que además
resulto ser cierta y veraz, ya que prácticamente la totalidad de los
testigos ratificaron que se incumplía la normativa laboral y que además
gracias a la queja la situación se ha normalizado en el Área de
Prevención del Puesto Principal de San Javier.
AUGC centró su defensa con el argumento de con esta denuncia lo que
se ha pretendido ha sido entorpecer el derecho de asociación profesional
a denunciar irregularidades y a dar publicidad a las mismas, lo cual ha
sido ratificado con la citada sentencia, ya que reconoce este derecho
siempre que no se traspasen las líneas del insulto, la falsedad o la
calumnia.




