Cambios en el régimen de vida y profesional en los centros docentes de formación de la Guardia Civil

El régimen de vida en cuanto a las condiciones de externado de los alumno será fijado bajo criterios de cada centro de formación, pero en todo caso para ello se deberá tener superadas todas las asignaturas, no haber sido sancionado disciplinariamente con falta muy grave, grave o dos o más leves.

por Ildefonso Garcia Ruiz

Residencia del Colegio Infanta María Teresa, de la Asociación  Pro-Huérfanos de la Guardia Civil.
Residencia del Colegio Infanta María Teresa, de la Asociación Pro-Huérfanos de la Guardia Civil.

Hacer una redacción de 3.000 palabras, estudio obligatorio o realizar actividades físicas son “acciones correctoras” que se pondrán imponer a los alumnos en periodo de formación en las distintas academias de la Guardia Civil. Sin embargo, estos castigos se podrán imponer por acciones que nada tienen que ver con el rendimiento académico del alumnado, unas acciones que carecen de la labor pedagógica que se le debe suponer a cualquier actividad académica de formación.

Incluso se podrán eliminar las condiciones especiales que previamente hayan sido autorizadas, cuestión que afecta de manera directa a la conciliación laboral y familiar de los guardias civiles, por comportamientos no relacionados con el rendimiento académico, y de las que los propios centros docentes pueden utilizar otros mecanismos, como el propio régimen disciplinario o las normas de régimen interior de cada centro.

Estas acciones correctoras se encuadran en el borrador de la orden general por la que se aprobarán las normas de régimen interior de los centros docentes de la Guardia Civil, que se ha abordado en el segundo grupo de trabajo celebrado hoy en el Consejo de la Guardia Civil. Una norma que debería producir un avance en el camino que ha iniciado la sociedad española hacía las garantías para una verdadera conciliación laboral y familiar, un camino al que a la Guardia Civil le cuesta seguir.

El régimen de vida en cuanto a las condiciones de externado de los alumno será fijado bajo criterios de cada centro de formación, pero en todo caso para ello se deberá tener superadas todas las asignaturas, no haber sido sancionado disciplinariamente con falta muy grave, grave o dos o más leves.

Por otra parte, se niega la participación de las asociaciones profesionales en la confección de las normas de régimen interior, una cuestión que no es baladí, puesto que a través de estas normas se pueden marcar el disfrute o no de muchos derechos que afectan a las condiciones de vida y profesionales del personal alumnado. Cuestión que, a criterio de AUGC, contraviene lo estipulado en la Ley Orgánica 11/2007 reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, que marca la acción de las asociaciones profesionales para la defensa y promoción de los derechos e intereses profesionales, económicos y sociales del personal del cuerpo.

Ya en el anterior grupo de trabajo AUGC hizo hincapié para que la norma dejara claro la eliminación con carácter definitivo de las infracciones de carácter académico a la finalización de los estudios, cuestión que finalmente aparece en el artículo 22.5.

Otro aspecto positivo que se establecerá con esta norma es la preferencia para las vacaciones del personal en prácticas, y por tanto en periodo de formación, los alumnos formarán un grupo de disfrute de vacaciones independiente al propio del personal de la unidad.

Adjuntamos el borrador de la norma que puedes descargar y enviarnos tus observaciones al correo tuvoz@augc.org de cara a las alegaciones que vamos a presentar, previo al tercer y último grupo de trabajo, de esta norma, que continuará su tramite en el próximo pleno del Consejo previsto para el mes de junio.

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