El Defensor del Pueblo afirma que la ley vasca de víctimas de abusos policiales debe reformarse para adaptarse a la Constitución

El Defensor concluye su escrito en respuesta al requerimiento de AUGC reconociendo que “no obstante el hecho de que no puede ser atendida la petición de personación, entiende su preocupación y considera que las personas que se consideren perjudicadas por esta ley pueden ejercer, en su caso, acciones administrativas y judiciales e, incluso, solicitar autoridad judicial en un caso concreto la presentación de una cuestión de inconstitucionalidad”.

por Ildefonso Garcia Ruiz

Guardias civiles durante una operación policial en Euskadi.
Guardias civiles durante una operación policial en Euskadi.

El Defensor del Pueblo ha respondido al escrito que le había remitido AUGC en relación a la ley vasca de víctimas de abusos policiales, una norma aprobada por el Parlamento Vasco y que, pese a que pretende reconocer y reparar a víctimas posibles vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia en Euskadi entre 1978 y 1999, es en realidad un instrumento sin garantías jurídicas para dar cobertura a una supuesta “teoría del conflicto", planteando un escenario tanto de víctimas del Estado como de ETA.

Aunque en su respuesta comunica que, según indica la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo no puede personarse en un recurso de inconstitucional presentado por otro, afirma que respecto a la citada ley vasca sobre la que le había consultado AUGC “la Sentencia del TC de 19 de julio de 2018 sobre la Ley Foral de Navarra equivalente y el propio Acuerdo de la Comisión Mixta Estado-Comunidad del País Vasco son claras en el sentido de que la Ley Vasca debería reformarse para adecuarse a la Constitución”.

El Defensor concluye su escrito en respuesta al requerimiento de AUGC reconociendo que “no obstante el hecho de que no puede ser atendida la petición de personación, entiende su preocupación y considera que las personas que se consideren perjudicadas por esta ley pueden ejercer, en su caso, acciones administrativas y judiciales e, incluso, solicitar autoridad judicial en un caso concreto la presentación de una cuestión de inconstitucionalidad”.

Cabe recordar, en este sentido, que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Unificada de Guardias Civiles contra la resolución del 12 de junio de 2018, del secretario general de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación por la que se hace pública la identidad de las personas que componen la Comisión de valoración creada por Ley 12/2016 de 28 de julio de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política en la Comunidad Autónoma del País Vasco entre 1978 y 1999. Se trata del paso previo para la impugnación de esta ley.

Con el fin de frenar este intento de reescribir el relato sobre las víctimas del terrorismo en el País Vasco, así como reivindicar la memoria y dignidad de éstas, asociaciones de guardias civiles, sindicatos de policías nacionales, entre ellos el SUP, y asociaciones de víctimas del terrorismo, como la Asociación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (ACFSE) vienen trabajando juntas desde el pasado verano.

La admisión a trámite de este recurso, así como la ulterior respuesta del Defensor del Pueblo a AUGC, concuerdan con la interposición por parte de la Abogacía del Estado de un recurso de inconstitucionalidad contra esta ley en fecha 10 de mayo de 2017. Sin embargo, el pasado mes de julio, el Delegado de Gobierno en el País Vasco hizo público tras reunirse con el Lehendakari la predisposición del nuevo Ejecutivo central a que se retirase el recurso presentado ante el Tribunal Constitucional.

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