AUGC denuncia la falta de descanso entre jornadas de trabajo de los guardias civiles

AUGC denuncia la falta de descanso entre jornadas de trabajo de los guardias civiles

por Ildefonso Garcia Ruiz

Los guardias civiles siguen sin contar con una jornada laboral digna.
Los guardias civiles siguen sin contar con una jornada laboral digna.

La Asociación Unificada de la Guardia Civil en Valencia denuncia que una vez más un tribunal condena a la Guardia Civil por la sustracción de horas del descanso diario de los agentes, contravi0niendo la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de noviembre de 2003 relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, que en su capítulo 2 sobre periodos mínimos de descanso, en su artículo 3 establece el disfrute de un periodo mínimo de descanso diario de 11 horas consecutivas en el curso de cada periodo de 24 horas.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo num. 10 de Valencia ha dictado recientemente sentencia núm. 121/2017, bajo la dirección técnica de Acuña Abogados, servicios jurídicos de AUGC, reconociendo el derecho de un guardia civil a disfrutar de un descanso de 11 horas diarias después de un servicio. Recientemente se han emitido idénticas sentencias en los juzgados de Málaga y Zaragoza.

Desde AUGC esperamos que la Jefatura de la Comandancia y Sector de Tráfico de Valencia, den las instrucciones oportunas al mando encargado de nombrar el horario del servicio, para que se respete el descanso reglamentario de los agentes, ya que en numerosas ocasiones durante un periodo de 24 horas, realizan servicios de 16 horas, por ejemplo, cuando inician a las 6,00 horas de la mañana, finalizando a las 14, 00 h, para luego por la noche volver a entrar a las 22,00 y acabar a las 6,00 de la mañana del día siguiente; o trabajando de 14 a 22 h y entrando de servicio al día siguiente otra vez a las 6 de la mañana, en un cuerpo policial que aún carece de turnos de trabajo reglamentarios.

Hace ya tres años, a principios de 2014, la Comisión Europea dirigió una advertencia al Gobierno español en el sentido de que lo denunciaría ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea si no rectificaba y dejaba de incumplir la Directiva de Tiempos de Trabajo de 2003. Pues bien, pese a que este descanso lo han incorporado al Reglamento de la Guardia Civil, luego la práctica es que se continúa con descansos entre jornadas de trabajo de 8 horas, tal y como consta en la sentencia del citado juzgado de Valencia.

Con estos horarios laborales se está poniendo en peligro la integridad física de los guardias civiles y se está incumpliendo además la norma de prevención de riesgos laborales al no respetar el descanso diario de los agentes, máxime cuando se conduce algún vehículo de cuatro ruedas o una motocicleta como ocurre entre la Guardia Civil de Tráfico o el Seprona.

Desde AUGC estamos convencidos que esta falta de principios elementales de protección laboral tiene lugar por la falta de amparo socio-laboral existente en el Cuerpo, por el simple hecho de su carácter militar, donde a sabiendas de la exigencia de obediencia y disciplina interna, obligan a los guardias civiles cumplir su trabajo a pesar de todo.

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