La Dirección General proyecta restringir derechos individuales a los guardias civiles

Una muestra de la restricción de derechos que pretenden realizar los generales, afecta a la voluntad de la Dirección General de sancionar a quienes mantengan conversaciones “ajenas al servicio” durante la prestación del mismo.

por Ildefonso Garcia Ruiz

Dos guardias civiles durante un servicio
Dos guardias civiles durante un servicio

Ayer martes 8 de mayo tuvo lugar el segundo grupo de trabajo relativo al borrador de Orden General sobre normas de policía personal, aspecto físico y trato con la ciudadanía, norma que regulará ésta cuestión para los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil.

En este primer grupo de trabajo al respecto, celebrado el pasado día 15 de marzo, la Dirección General presentó a las asociaciones profesionales un primer borrador que, con matices, podría suponer una línea de partida para iniciar un documento de consenso, al que AUGC mostró alegaciones en su momento.

Cual ha sido nuestra sorpresa cuando, ayer, la Dirección General nos presentó un segundo borrador manifiestamente más restrictivo que el primero donde, a nuestro juicio, la palabra “prohibido” se extiende más allá de lo razonable.

En este borrador de Orden General, que quiere aprobar la Dirección General, se regulan cuestiones como la barba, bigote, cabello o uso de accesorios, como llevar relojes de una determinada dimensión, llevar más de dos anillos o pulseras o llevar un llavero de forma visible vistiendo de uniforme.

Prohibido mantener conversaciones ajenas al servicio

Una muestra de la restricción de derechos que pretenden realizar los generales, afecta a la voluntad de la Dirección General de sancionar a quienes mantengan conversaciones “ajenas al servicio” durante la prestación del mismo. Tal es la intromisión que pretenden acometer que incluso tienen la intención de “vigilar” las propias conversaciones entre compañeros. Desde AUGC mantenemos que la redacción de esta Orden General debe ser más respetuosa ante los derechos de los guardias civiles, la Dirección General por medio de ésta norma debe proponer modelos en relación a la imagen, pero nunca prohibir comportamientos ejercidos con normalidad, y limitarse a regular aspectos relacionados con los modelos estéticos, para dejar aquello que esté fuera de los cánones sociales y atendiendo a la buena imagen de la institución.

Tatuajes

Sobre la cuestión estrella de la norma, y de la que nos habéis preguntado mucho, es el tema de los tatuajes. En este nuevo borrador se pretende prohibir tajantemente portar tatuajes visibles vistiendo de uniforme, y quien se lo hiciese a la entrada en vigor de la norma, además de poder incurrir en falta disciplinaria, deberá obligatoriamente eliminarlo. Para quienes ya los tuvieran, no obstante, además de taparlos durante el servicio, deberán realizar una declaración jurada en su Unidad de la “relación de tatuajes” que portan en su cuerpo.

No solo nos parece que la propia redacción excede su competencia como Orden General, si no que puede incurrir en incompatibilidades más graves.

Por tanto, esperaremos a un tercer borrador que la Dirección General remitirá a las asociaciones para un nuevo grupo de trabajo en junio, pero adelantamos que si dicho borrador mantiene la redacción y el espíritu restrictivo del actual, AUGC se opondrá frontalmente a él, y remitiremos el mismo a nuestros servicios jurídicos para su estudio y, si fuera necesario, instaremos a la vía judicial.

AUGC entiende la necesidad de que la Guardia Civil, como institución, regule el aspecto físico de sus miembros, pero desde luego siempre atendiendo a la responsabilidad y profesionalidad , y desde luego nunca por la vía de la prohibición.

Archivado en:

Para hacer comentarios debes identificarte

IDENTIFÍCATE